La Suprema Corte de Justicia de la Nación mexicana (SCJN) validó hoy una normativa federal que obliga a los hospitales públicos de México a ofrecer la píldora de emergencia a las mujeres violadas, las cuales serán libres de tomársela o no.
Tras seis sesiones de intenso debate, diez de los once magistrados avalaron la Norma Oficial Mexicana sobre Violencia familiar, sexual y contra las mujeres (NOM-046), que sostiene que la píldora "del día después" debe ser administrada a las mujeres que haya sufrido una violación, explicaron a Efe fuentes de la SCJN.
El caso comenzó en junio de 2009, cuando el gobernador de Jalisco, el conservador Emilio González, interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra la ley ante el máximo organismo jurisdiccional mexicano.
El gobernante del Partido Acción Nacional (PAN) se oponía a que los hospitales de su estado facilitaran la píldora de emergencia, un método anticonceptivo que la Iglesia católica considera abortivo pero que está en el cuadro básico de medicamentos en México desde 2005.
Hoy diez de los magistrados secundaron un dictamen a favor de la ley y sólo el magistrado Salvador Aguirre Anguiano se mostró contrario a la medida con el argumento de que la píldora de emergencia es abortiva.
Con la decisión la NOM-046 "tendrá que ser aplicada en Jalisco y en todos los estados" de México, dijeron a Efe fuentes del alto tribunal.
El presidente de la SCJN, Guillermo Ortiz Mayagoitia, señaló que con el fallo se cierra un asunto "muy debatible y muy debatido", no sólo en México sino en otros países.
"Probablemente nuestra decisión no convenza universalmente pero es producto de la convicción personal de cada uno de las señoras y señores ministros, de nuestros conocimientos jurídicos personales y de nuestro leal saber y entender", agregó.
Tras conocerse la decisión el Centro de Estudios y Formación Integral de la Mujer de Cancún (Cefim) y unas cincuenta organizaciones "pro vida" criticaron la resolución final.
En un boletín citaron los argumentos de María Cristina Márquez, profesora del Departamento de Embriología de la Universidad Nacional Autonóma de México (UNAM), quien señala que si la pastilla se administra más de ocho horas después de la relación sexual puede "ser abortiva".
En 1999 una joven de 13 años, Paulina Ramírez, embarazada a causa de una violación, decidió abortar de acuerdo con la legislación del norteño estado de Baja California, pero la intervención no se efectuó porque fue disuadida por personal del sector de la salud.
El caso terminó en manos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en 2005 ordenó al Estado mexicano indemnizar a la joven con la cobertura de los gastos de manutención de su hijo Isaac hasta su mayoría de edad.