La amnistía política para los involucrados en la crisis causada por el derrocamiento de Manuel Zelaya en 2009 en Honduras entró en vigor hoy, casi un mes después de haber sido aprobada por el Congreso Nacional.
El decreto de amnistía política cobró vigencia al cumplirse el término de 20 días posteriores a su publicación en el diario oficial La Gaceta, según lo establecido en el texto aprobado por el Congreso el 26 de enero.
La resolución parlamentaria, que La Gaceta publicó el pasado 2 de febrero, no precisa los nombres de las personas beneficiadas por la amnistía, solamente los delitos que ésta abarca y excluye.
La amnistía sólo favorece a los acusados por delitos políticos, pero no a aquellos señalados por corrupción o violaciones de los derechos humanos, declaró hoy a Radio América el diputado Germán Leitzelar, del Partido Innovación y Unidad-Socialdemócrata (PINU-SD), uno de los autores del proyecto.
Según el decreto, la amnistía abarca los delitos de "traición a la patria, delitos contra la forma de gobierno, terrorismo, sedición (todos del Código Penal), calificados como delitos políticos", y varios "delitos comunes conexos".
Estos últimos son usurpación de funciones, delitos cometidos por los particulares contra el ejercicio de los derechos garantizados por la Constitución, desobediencia, abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios.
Se excluyen de la amnistía "todas aquellas acciones constitutivas de delitos relacionados a actos de corrupción como malversación de caudales públicos, enriquecimiento ilícito, cohecho y otros tipificados en la legislación penal, al igual que los delitos de lesa humanidad y violación de los derechos humanos", añade el texto.
Señala que "los órganos jurisdiccionales competentes deberán, de oficio o a petición de parte, sobreseer toda causa que estén conociendo y que esté comprendida en este beneficio".
También establece que en las investigaciones y "demás diligencias que a la fecha se encuentren en proceso en las oficinas del Ministerio Público deberá procederse por este órgano contralor del Estado a su archivo administrativo".
El fiscal general de Honduras, Luis Rubí, dijo hoy a periodistas que, "de acuerdo al estudio de la ley y al decreto de amnistía, se está evaluando cada uno de los casos".
"Como ordena la ley, vamos a proceder a solicitar sobreseimientos y archivar diligencias donde el caso así lo amerite", apuntó.
Leitzelar explicó que, vigente ya la amnistía, en los casos de personas que estén siendo procesadas por algún delito político o común conexo "los jueces devienen obligados a ponerle fin al procedimiento y a emitir los sobreseimientos definitivos".
Si se está investigando personas por dichos delitos con el propósito de llevarlas ante los tribunales, "el Ministerio Público debe ponerle fin a ese requerimiento", agregó el diputado y abogado.
Indicó que si eventualmente se acusa a una persona, "y si el delito es de los incorporados en el decreto de amnistía, únicamente tiene que manifestar ante el juez que la acción o delito de que se le está acusando está incorporado en el decreto de amnistía".
Leitzelar también explicó que el decreto no establece ningún término de la vigencia de la amnistía porque "existen delitos que tienen prescripción y otros que no tienen prescripción, especialmente los delitos políticos".
El presidente hondureño, Porfirio Lobo, sancionó la amnistía el 27 de enero pasado, durante su investidura, al día siguiente de que fuera aprobada por el Congreso Nacional, de 128 escaños.
Según Lobo, la amnistía política contribuirá a la reconciliación nacional después de la crisis y ha sido una exigencia de la comunidad internacional a pesar de que fue excluida del Acuerdo Tegucigalpa-San José, que fijó medidas para superar el conflicto.
El acuerdo fue suscrito el 30 de octubre pasado por delegaciones de Zelaya y del entonces mandatario de facto, Roberto Micheletti.