¿Es mejor la enfermedad que el remedio?


La primera medida que tomó el gobierno de la presidenta de la República Mireya Moscoso no fue de índole social sino más bién política-judicial, ya que esta consistió en la aprobación de la derogación de la ley que creó la Sala Quinta y del decreto presidencial que otorgó indultos a detenidos comunes.
Estas acciones tomadas al final de la administración del exmandatario Ernesto Pérez Balladares deben ser eliminadas, según señalan funcionarios del nuevo gobierno, por que "el pueblo así lo pide".
Pero, ¿qué tan constitucionales son estas derogaciones? Para que nos hablara de este polémico tema entrevistamos al abogado y exprocurador, Rogelio Cruz, quien afirmó que en el caso de la Sala Quinta la medicina sería peor que la enfermedad.
El jurista, quien fue uno de los que se opuso a la creación de la Sala, manifestó que ahora que ya está funcionado sería "absurdo eliminarla", y la comparó con un embarazo no deseado que puede terminar en un aborto. Si ya existe el embarazo entonces hay que seguir adelante y buscar la manera de desarrollar y educar al nuevo ser humano, manifestó.
Indicó que antes de esta ley el 75% de los recursos de garantías fundamentales eran rechazados por cuestiones de forma; afirmación que también fue hecha por el legislador perredista y proponente del proyecto en la Asamblea Legislativa, Roberto Abrego.
El exprocurador expresó que ahora no se puede rehusar ningún habeas corpus porque lo que importa es el fondo.
Al preguntarle la factibilidad de la Sala, ya que según informes de la Corte Suprema en el mes de agosto se resolvieron 204 casos de garantías fundamentales, señaló que lo más importante no es la cantidad o la rapidez sino la calidad.
Cruz comparó los artículos 173 y 210 de la Constitución Política de la República de Panamá de 1946 y la de 1972, respectivamente, para que se entienda el por qué dice que el remedio es peor que la enfermedad.
La Carta Magna del 46 dice que la ley señalará las acciones de los magistrados y jueces podrán ser alteradas en cualquier tiempo, luego de dos años de ser ejecutadas (o sea decretadas).
Este párrafo fue eliminado, pero persisten los que manifiestan que: los sueldos y asignaciones de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia no serán inferiores a los de los ministros de Estado. Toda supresión de empleos en el ramo Judicial se hará efectiva al finalizar el periodo correspondiente.
Este último párrafo, según el abogado, indica que los magistrados no pueden ser "sacados de sus puestos" hasta que sus periodos terminen, con el único fin de que se respete la independencia del Organo Judicial.
Añadió que a pesar de que se derogue la ley los magistrados seguirán con sus sueldos durante el periodo que se les nombró, porque así lo indica la ley, lo que empeorará el asunto, porque cobrarán sin trabajar.
Expresó que no duda que de derogarse la ley 32 de 23 de julio de 1999, la actual Corte Suprema declarará la ley derogatoria como inconstitucional, "sólo por instinto de conservación". Y es que si se elimina la ley que creó la Sala Quinta con otra ley, en el futuro también se podrían eliminar las Salas Primera, Segunda, Tercera y Cuarta.
Sobre la eliminación de la Sala Quinta, el legislador del Partido Revolucionario Democrático (PRD), Roberto Abrego dijo que ésta la primera prioridad del gobierno de Mireya Moscoso no es consecuente con lo que el pueblo está esperando.
Agregó que la derogatoria a través de una ley implica un rompimiento de las instituciones democráticas. La Constitución es clara y dice que la Asamblea Legislativa tiene facultad para aumentar las Salas y el número de magistrados, y no para disminuirlos.
Abrego manifestó que existe la prohibición constitucional de que la Asamblea no puede hacer actos que afecten a los demás órganos del Estado.
Además todos los magistrados de la Corte Suprema , para ser removidos de sus cargos, están sujetos a un procedimiento judicial que establece la propia Constitución y sólo le corresponde a la Asamblea juzgarlos siempre y cuando incurran en dos causales: cuando en el ejercicio de sus funciones impida el libre funcionamiento de los empleados públicos o violen las leyes o la Carta Magna. De ser así el pleno parlamentario juzga y remueve si se logran las dos terceras partes de los votos legislativos.
El legislador opositor añadió que derogar esta ley afecta la institucionalidad del país, por lo que hay que "tener mucha mesura y pensar muy bien las cosas antes de eliminar una Sala de la Corte Suprema".
No hay duda de la conveniencia de esta Sala y esto lo demostraremos en los debates en la Asamblea. La misma ha tramitado en un mes cientos de amparos de garantías constitucionales y habeas corpus y se han resuelto en un periodo no mayor de ocho días por caso, cuando antes tomaba hasta un mes como mínimo. Esto es un avance, aseguró.
Por su parte, el ministro de Gobierno y Justicia, Winston Spadafora, dijo a


fecha edicion
old id
68336
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América