La Corte Interamericana condena a Brasil en un caso sobre la Guerrilla de Araguaia


La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Brasil por graves violaciones a los derechos humanos en el caso Gomes Lund y otros (Guerrilha do Araguaia), y le ordenó indemnizar a las víctimas, le prohibió invocar la Ley de Amnistía y castigar a los culpables, informó hoy el alto tribunal.


La Corte, con sede en San José de Costa Rica, publicó en su página web el contenido completo de la sentencia, dictada el pasado 24 de noviembre.


El caso se remonta a la denuncia por "detención arbitraria, tortura y desaparición forzada" de 70 personas entre miembros del Partido Comunista de Brasil y campesinos a manos del Ejército brasileño entre 1972 y 1975 sin que se haya juzgado y castigado a los responsables de este episodio violento.

 

El máximo tribunal de justicia americano votó por unanimidad que el Estado de Brasil tiene que realizar una investigación penal "eficaz" y no puede invocar la Ley de Amnistía, ni el principio de cosa juzgada ni la no irretroactividad de la ley penal en este caso.


Además, le advierte que tampoco puede juzgar a los presuntos responsables "en el fuero militar", ni puede permitir que se obstruya la investigación.


En su larga sentencia, la Corte ordena pagar a cada víctima que no ha recibido una reparación, la suma de 3.000 dólares por daño material, por daño inmaterial 45.000 dólares a cada familiar directo y 15.000 dólares a cada familiar indirecto incluido en el caso y a los que eventualmente se incluyan conforme avance la pesquisa.

 

En total la Corte enumera e identifica a 62 desaparecidos o muertos, más 44 familiares directos y 71 familiares indirectos y da un plazo de seis meses para identificar a otros ocho guerrilleros para admitirlos como víctimas.


También el Estado de Brasil tendrá que asumir el coste de la atención médica, psiquiátrica y psicológica de todas las víctimas en el territorio de ese país y en el extranjero, como es el caso de la madre del desaparecido Líbero Giancarlo Castaglia, Elena Fibertini Castiglia, que vive en San Lucido, Italia.


Fibertini debe recibir 7.500 dólares por el mismo concepto.

 

Los grupos que apoyaron la denuncia recibirán un resarcimiento por costas y gastos de 5.000 dólares para el Grupo Tortura Nunca Más y Comisión de Familiares de Muertos y Desaparecidos de Sao Paulo, respectivamente, y 35.000 dólares el Centro para la Justicia y el Derecho Internacional.


Por otro lado, ordena que se celebre un acto público de reconocimiento internacional de responsabilidad en la desaparición forzada de personas, divulgar toda la investigación del caso en el Diario Oficial, en un medio de comunicación de circulación nacional y colocar en una página web el total de la investigación y la sentencia del caso de la Guerrilla de Araguaia.


Establecer un curso permanente y obligatorio sobre el respeto a los derechos humanos debe institucionalizarse para todas las jerarquías de la fuerza armada brasileña, ordena la Corte, que, no obstante, también reconoce los esfuerzos de la Justicia brasileña por reparar los agravios cometidos y probados en este caso.

 

También le da "un plazo razonable" para tipificar como delito la desaparición forzada de personas conforme a la normativa interamericana.


Además le da seis meses para convocar a la población en el área de los hechos investigados para que se notifique la sentencia y aporten pruebas fehacientes que permitan identificarlos y considerarlos como víctimas.


La Corte advierte a Brasil que en el plazo de un año debe rendir un informe sobre el cumplimiento de la sentencia del caso de la Guerrilla de Araguaia, lo que incluye haber divulgado toda la información relativa a violaciones de derechos humanos durante la dictadura brasileña.


La audiencia de este caso se celebró entre el 20 y 21 de mayo pasado durante el LXXXVII Periodo Ordinario de Sesiones de la Corte en Costa Rica.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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