La ONU pide a El Salvador que cambie la ley que criminaliza a mujeres abortistas


El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas solicitó hoy a El Salvador que modifique las disposiciones del Código Penal que criminalizan el aborto en todas sus formas y pidió que dejen de realizarse juicios penales contra las mujeres que interrumpen su embarazo.


"El Salvador debe tomar medidas para impedir que las mujeres que acuden a los hospitales públicos sean denunciadas por el personal médico o administrativo por el delito de aborto. Asimismo, en tanto no se revise la legislación en vigor, el Estado debe suspender la incriminación en contra de las mujeres por el delito de aborto", reza el texto del Comité.


Este organismo, garante del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, solicitó a El Salvador que adapte su legislación a dicha norma internacional en lo referente a la interrupción voluntaria del embarazo.


En una línea similar, el Comité denunció "la persistencia de estereotipos y prejuicios sobre el rol de la mujer en la sociedad", que permite que, en la práctica, se den unos extraordinariamente altos niveles de violencia física y sexual contra las mujeres.


"El Estado debe investigar con todos los medios a su alcance los hechos de violencia contra la mujer, y especialmente esclarecer los casos de asesinatos de mujeres, identificando a los responsables, enjuiciándoles e imponiéndoles sanciones apropiadas".


Otro de los aspectos señalados en el texto, que es el sexto informe que el país centroamericano presenta al Comité, se refiere a la ley de Amnistía.

 

"El Comité reitera su recomendación en el sentido de que se derogue la ley de Amnistía o se la enmiende para hacerla plenamente compatible con las disposiciones del Pacto. El Estado debe impulsar activamente las investigaciones sobre todas las violaciones de los derechos humanos documentadas por la Comisión de la Verdad, entre los cuales se destaca el asesinato de Monseñor Oscar Romero".


Por otra parte, el texto también se refiere al periodo de detención provisional, que bajo la autoridad policial puede extenderse hasta 72 horas, más otros tres días por decisión judicial.


"El Estado debe revisar la legislación relativa a la detención provisional para hacerla compatible con las disposiciones del Pacto, para asegurar que dicha detención no exceda las 48 horas", reza el texto.

 

Asimismo, el Comité está "preocupado" por el hecho de que la prisión preventiva pueda extenderse bajo ciertas circunstancias hasta 24 meses.


El Comité recuerda que, de conformidad con su reglamento, El Salvador deberá proporcionar información pertinente sobre la aplicación de las recomendaciones en el plazo máximo de un año.


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616257
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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