Los sindicatos convocan una huelga indefinida en Air Comet desde 1 diciembre


Los sindicatos de la aerolínea española Air Comet han convocado una huelga indefinida a partir del próximo 1 de diciembre para reclamar el abono de los salarios de sus trabajadores que la empresa adeuda desde el pasado mes de junio.


La huelga afectará a todos los trabajadores -aproximadamente 640-, tanto a la tripulación de vuelo como a la de tierra, precisaron los sindicatos.


El paro se iniciará el 1 de diciembre de 2009 a las 00.00 hora local de España y se prolongará hasta la medianoche del viernes 4 de diciembre.


A partir del martes 8 de diciembre, habrá jornada de huelga con carácter indefinido desde las 00.00 horas de cada martes hasta la medianoche del viernes siguiente.


La mayoría de la plantilla de la compañía aérea, propiedad del presidente de la patronal española (CEOE), Gerardo Díaz Ferrán, y el empresario Gonzalo Pascual, no han cobrado las nóminas de junio, julio, agosto y octubre, además de la paga extra de verano.


Con la convocatoria del paro, los sindicatos quieren presionar a la empresa para que proceda de inmediato al abono de todos los salarios adeudados a sus trabajadores a esta fecha.

 

Además, piden que la compañía se comprometa expresa y públicamente a que el abono de las nóminas se realizará puntualmente dentro de los cinco primeros días del mes que corresponda, y que proceda a abonar los finiquitos que adeuda a los trabajadores que han causado baja en la empresa.


Air Comet negocia la concesión de un préstamo de algo más de 20 millones de euros (unos 30 millones de dólares) con una entidad financiera internacional con el que poder hacer frente a las deudas que tiene contraídas con sus trabajadores y con la seguridad social.


La aerolínea tiene actualmente vuelos regulares a Buenos Aires, Lima, Guayaquil, Quito, Bogotá, La Habana, Cancún y México DF.

 

Otro de los objetivos de la huelga es que Air Comet proceda a proporcionar al Comité de Empresa de Estructura y Vuelo los medios necesarios para el desempeño de sus funciones y competencias, al igual que la información a la que tiene derecho en virtud del artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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