La nueva legislación crea el Consejo Técnico de Ciencias Biológicas (CTCB), organismo que se encargará de manejar todo lo relacionado con el ejercicio de la profesión.
En el artículo seis, de la nueva legislación, se establece que para ejercer el cargo de ciencias biológicas se requiere ser panameño, con título de las carreras de ciencias biológicas a nivel técnico, con un mínimo de tres años de estudio, licenciatura, maestría o doctorado expedido por una universidad.
También detalla como requisito poseer el certificado de idoneidad expedido por el CTCB.
No obstante, el artículo séptimo del proyecto señala que el Estado podrá contratar en las entidades gubernamentales, autónomas, semiautónomas y empresas de capital mixto los servicios de profesionales extranjeros de las ciencias biológicas, previa comprobación del CTCB, y que en esas instituciones se garantice una plaza de trabajo para un profesional panameño idóneo, en cualquiera de las ramas de las ciencias biológicas.
El CTCB tendrá entre sus atribuciones conceder u ordenar la suspensión del certificado de idoneidad o permiso para ejercer cualquier profesión de las ciencias biológicas. También aplicar sanciones por faltas a la ética.