La prohibición de los matrimonios homosexuales no es contraria a la Carta Magna francesa, según la decisión del Consejo Constitucional, que decidió que corresponde al legislativo, si así lo considera, cambiar la ley para autorizar este tipo de uniones.
La sentencia, muy esperada por las asociaciones francesas de homosexuales, supone un jarro de agua fría para los anhelos de quienes contaban con esta vía para autorizar en Francia un tipo de matrimonio que ya existe en países vecinos como España, Bélgica y Holanda.
Pero el Constitucional remitió la cuestión a los políticos, que deberán decidir si lo colocan en el centro de la campaña de las Presidenciales del año próximo. Consideró que la definición de matrimonio, como la unión de un hombre y una mujer tal y como recoge el Código Civil, no supone una discriminación.