El parlamento turco abolió ayer la pena de muerte, y legalizó la educación y las transmisiones en lengua curda, acciones encaminadas a aumentar las probabilidades de la nación de ser integrante de la Unión Europea.
Los legisladores nacionalistas, que son mayoría en el parlamento, dijeron que las reformas equivalen a concesiones para los rebeldes kurdos, que han luchado una guerra de 15 años en el sudeste del país, donde vive la mayoría de la población kurda de 12 millones.
Los miembros del parlamento se apresuraron a aprobar las reformas a sólo unos días de haber aprobado las elecciones de noviembre, con 18 meses de anticipación. Muchos temen que las próximas votaciones podrían evitar que los legisladores aprobaran las medidas que la UE demanda, ya que los políticos estarían concentrados en sus campañas electorales.
Planteó que es potestad del Organo Ejecutivo convocar a sesiones extraordinarias y los gremios docentes no le van a decir si lo deben hacer o no.
"Estaremos allí presente para que el espíritu de lo acordado en los proyectos de ley vaya tal como se aprobó a las sesiones extraordinarias", planteó García.
Sin embargo, el dirigente reconoció que en un principio le plantearon al Organo Ejecutivo que no era lo más conveniente, pero como se trata de proyectos consensuados como son la Ley No.13 del Seguro Educativo y la que establece la descentralización de la educación no hay inconvenientes.
Al respecto, Luis López de la Federación de Asociaciones de Educadores de Panamá (FASEP), sentenció que a pesar que el pueblo panameño ha rechazado la convocatoria a sesiones extraordinarias el Ejecutivo insistió en hacerlo, por lo que no les queda más alternativa que participar en las mismas.
"No nos queda otro recurso que asistir a la Asamblea y pedirle a los señores legisladores que esos días sean lo más provechosos y se aprueben los proyectos de ley, tal como están presentados", recalcó.
Aclaró que en ningún momento los gremios docentes le solicitaron convocar a sesiones extraordinarias, sino que los proyectos fueron llevados a la Asamblea Legislativa lo más pronto posible para su rápida ejecución.
El Panamá América tuvo acceso a los proyectos de ley que serán presentados a consideración del Organo Legislativo en el cual la Ley No.13 de 28 de julio de 1987, que regula el Seguro Educativo, recibió las siguientes modificaciones: se establece que el 27% del total de los ingresos derivados del Seguro, asignados al Ministerio de Educación se destinen a sufragar los gastos de escuelas y colegios oficiales del primer nivel de enseñanza o Educación Básica General y del segundo nivel de enseñanza o Educación Media.
El 73% restante se distribuirá en un 55% para programas de becas y préstamos; 15% para la formación profesional; 5% para la educación inicial y el mismo porcentaje para la educación cooperativa; 7.5% para la educación agropecuaria; 7.5%, radio y televisión; 3% para la capacitación y educación continua del recurso humano; 1% para la capacitación gremial docente y 1% para la educación dual del sector privado.
Se dispone que las sumas recabadas para atender los propósitos educativos serán administradas por el Ministerio de Educación y constituirán el fondo único denominado Fondo de Equidad y Calidad de la Educación (FECE) que será distribuido entre las escuelas y colegios oficiales de primer y segundo nivel de enseñanza.
Los fondos asignados a programas de becas y préstamos serán administrados por el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de los Recursos Humanos (IFARHU), de los cuales el 50% será para préstamos y el otro 50% para becas.
También se advierte que está prohibido el cobro de dinero en concepto de matrícula, en las escuelas y colegios oficiales del país, tanto en primer como segundo nivel.
Los fondos asignados al Ministerio de Educación, provenientes del Seguro Educativo denominado FECE, serán distribuidos el 95% para los dos niveles del sistema educativo y 5% restante en capacitación docente.
Se establece que el 50% se destinará a los centros escolares ubicados en áreas de pobreza extrema, el 30% a los de pobreza no extrema y el 20% a las áreas no pobres.
Los fondos destinados a las escuelas serán, el 80% para inversión en rehabilitación y mantenimiento de infraestructura escolar y el 20% para bienestar estudiantil, por lo que cada centro escolar deberá depositar en el Banco Nacional de Panamá (BNP) una cuenta cuando exceda de los B/.200.00.
En cuanto al proyecto de descentralización de la educación se crean nueve Regiones Escolares, aunque el Ejecutivo tendrá la potestad de crear más si lo amerita.
Las Regiones Escolares deberán planificar, dirigir, organizar y orientar el sistema educativo, incluyendo todas las adecuaciones en materia de nuevas tecnologías. A su vez, tendrán la responsabilidad de la correcta utilización de fondos, que le sean asignados en estricto cumplimiento con las disposiciones que rigen la contratación pública y la ejecución presupuestaria.
Hasta tanto no se establezca la Ley de Carrera Docente funcionará en cada Dirección Regional de Educación una Comisión Regional de Selección de Personal Docente, que estará integrada por un representante de los educadores de primer y segundo nivel, respectivamente; uno de los Padres de Familia y un Representante del Ministerio de Educación, quienes devengarán un salario no inferior a los B/.600.00 mensuales.
La norma también regula las vacaciones al establecer que tendrán 30 días de descanso obligatorio con derecho a sueldo y recibirán pago del sueldo durante el tiempo que los estudiantes estén de vacaciones, si han laborado todo el año escolar. Igual derecho se les reconoce a los educadores nombrados en condición de interinidad, siempre y cuando hayan laborado más de ocho meses.