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¿Qué sucede con los aportes de un cotizante que fallece antes de tiempo?


Explicó que la ley establece que todos los docentes tienen que cumplir con un mínimo de cinco años de cotización para acogerse al Plan, pero si por alguna circunstancia fallece antes de ese tiempo, no tiene derecho a la pensión, ni se le puede asignar algún beneficiario.
El educador aclaró que la ley precisa que sólo pueden dejar beneficiarios aquellas personas que hayan cumplido con esta cuota o que estén en el retiro dentro del PRAA.
Contreras señaló que cuando se registran este tipo de casos los fondos pasan a formar parte del PRAA y se maneja dentro de un concepto solidario. Reveló que en la actualidad existe un capital de más de B/.330 mil, generado por decesos antes del periodo fijado.
No obstante, aclaró que ahora que el Plan tiene que ser modificado por las autoridades y los docentes, se planea modificar este aspecto, a fin de que los beneficiarios de los docentes que mueran antes de cumplir los cinco años de cotización, se les pueda otorgar al menos el 50% de los pagado.
Para ello se deberá establecer las normas a seguir y el docente deberá presentar mediante un documento los nombres de los beneficiarios, para evitar irregularidades.


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192887
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América