Los profesionales o las empresas dedicadas a consultorías ambientales que no se encuentren actualizadas en el registro de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) serán retirados por un año.
La decisión se adoptó tras la promulgación del Decreto Ejecutivo número 59 de 16 de marzo de 2000, que establece el manual de evaluación de impacto ambiental.
También serán retirados por un período de ocho meses los consultores o empresas que no hayan cumplido con la actualización de su registro en dos períodos seguidos.