Realidad
2001- El 11 de septiembre de ese año se adopta la Carta Democrática Interamericana.
- En este artículo se establece la opción de que un gobierno democráticamente elegido, cuando tenga problemas de gobernabilidad, recurra a la OEA con la finalidad de que la acción internacional le permita preservar la gobernabilidad democrática y encontrar salidas.
Artículo 19
- Ningún Estado o grupo de Estados tiene derecho de intervenir, directa o indirectamente, y sea cual fuere el motivo, en los asuntos internos o externos de cualquier otro.
- El principio anterior excluye no solamente a la Fuerza Armada, sino también cualquier otra forma de injerencia o de tendencia atentatoria de la personalidad del Estado, de los elementos políticos, económicos y culturales que lo constituyen.
- Ventajas
- La Carta también constituye un hecho relevante en cuanto a las discusiones en el seno del Consejo Permanente y de la Asamblea General, debido a que la deliberación de la cual fue objeto escapa de toda rutina, toda habitualidad. Puso en funcionamiento la discusión al interior de los grupos regionales con una dinámica única.
Desde 1890 se realizaron una serie de movimientos con el fin de crear un organismo que permitiera la integración de los países de América.
Para ello, en primera instancia, se creó la Unión Internacional de Repúblicas Americanas, que en 1910 se transformó en la Unión Panamericana.
En la Nueva Conferencia Internacional Americana, reunida en Bogotá en el año 1948, se aprobaron la Carta de la Organización de los Estados Americanos, el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas (Pacto de Bogotá) y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Una nueva etapa de integración americana nacía con los primeros pasos de la Organización de los Estados Americanos.
En el momento de su fundación en el año 1948, integraban la OEA los 21 países independientes en ese momento, cifra que fue aumentando hasta incluir a todos los estados independientes del continente.
Pese a este éxito rotundo en cuanto a la adhesión de estados de la OEA, caben resaltar dos episodios relevantes en cuanto al ámbito jurisdiccional de la OEA: la expulsión de Cuba y la suspensión de Honduras como miembro de pleno derecho de la OEA.
El primer caso se originó en 1962, y el segundo el 5 de julio de 2009, debido al golpe de Estado que se gestó contra el presidente de ese entonces Manuel Zelaya.
En este caso le medida se tomó alegando como fundamento el artículo 21 de la Carta Democrática Interamericana.
Respecto al caso de Cuba, el régimen de este país fue declarado marxista-leninista, lo que lo hacia incompatible con el sistema interamericano.
Sin embargo, en el año 2009 se acordó el inicio del camino de readmisión de Cuba a la OEA. Si bien no de manera automática, se aceptó la apertura de un diálogo con Cuba que debe concluir con la futura readmisión de Cuba.
La Carta de 1948 ha sido modificada mediante Protocolos de Reformas en cuatro oportunidades: Buenos Aires, en 1967; Cartagena de Indias, en 1985; Washington, en 1992, y Managua, en 1993.
Si bien no están previstas en la Carta, desde 1994 se han celebrado Cumbres de Jefes de Estado y de Gobierno de las Américas, que constituyen foros políticamente importantes en los que se emiten decisiones y recomendaciones, generalmente en forma de una Declaración y Plan de Acción.