El catedrático de la Universidad de Panamá, Miguel Antonio Bernal, presentó un amparo de garantías constitucionales contra la orden emitida por el Ministerio de la Presidencia para la convocatoria a un segundo período de sesiones extraordinarias.
Bernal alegó que es ilegal la convocatoria realizada por el Ejecutivo para un segundo período de sesiones extraordinarias, para la discusión de las reformas constitucionales y el endurecimiento de penas para los menores infractores.
De acuerdo con el recurso, el Decreto Ejecutivo No. 76 de 21 de julio de 2004 es ilegal, toda vez que infringe la Constitución Nacional y las leyes y además solicitó la suspensión inmediata de las sesiones extraordinarias.
Sostuvo que presentó el amparo debido a la afectación de los derechos políticos de todo ciudadano consagrado por la Carta Magna e igualmente en defensa de las garantías fundamentales establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
En este aspecto sostuvo que la ministra de la Presidencia, Mirna Pittí O"Donnel, como servidora pública violentó el debido proceso y se extralimitó en sus funciones al emitir un Decreto Ejecutivo de esa naturaleza.
También alegó que el decreto impugnado atenta contra el estado de derecho directamente en sus artículos 18, 125, 126 y 129 en relación a los artículos de la Constitución 4, 32, 143, 169, 189 y 308. A la vez se infringe la Ley No. 6 de 22 de enero 2002 en su artículo 24 en lo relativo que hasta la fecha no se le ha permitido la participación de los ciudadanos en el acto de reformas constitucionales que afectan ineludiblemente las garantías fundamentales de todo ciudadano.
También eliminaron todo lo referente a las facultades que otorgaba la Carta Magna a los corregidores.