El Colegio Nacional de Abogados solicitó a la presidenta de la República, Mireya Moscoso, reconsiderar y revocar a su más pronta conveniencia la Resolución de Gabinete No. 123 del 4 de diciembre de 2002, que aprueba la construcción de una carretera por el camino ecológico Boquete-Cerro Punta.
El presidente del Colegio de Abogados, Carlos Alberto Vásquez Reyes, señala en nota enviada a la mandataria, que esta resolución desconoce completamente el artículo 23 de la Ley General de Ambiente, que establece la obligación de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) para la realización de este tipo de obras y que a la fecha no se ha cumplido.
Nos parece lamentable que se desatienda el texto y el espíritu de esta norma que debe ser aplicada en concordancia con el texto constitucional que en su artículo 115 relativo al régimen ecológico señala que: "El Estado y todos los habitantes del territorio nacional tienen el deber de propiciar un desarrollo social y económico que prevenga la contaminación del ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite la destrucción de los ecosistemas".
Este texto, explica el presidente del Colegio de Abogados, establece claramente el deber del Estado de velar porque el desarrollo social y económico no deteriore y mantenga el equilibrio ecológico, que a juicio de expertos nacionales e internacionales, afectará de manera irreversible ecosistemas únicos en el país.
Los abogados expresan su preocupación porque a través de una resolución de Gabinete se ha exceptuado el procedimiento de selección de contratista argumentando razones de "urgencia evidente" y se contrata directamente a una empresa para que se encargue del diseño, financiamiento y construcción de este proyecto.
Igualmente, considerando el ordenamiento jurídico ambiental vigente y los precedentes del caso, los profesionales del Derecho consideran que no es recomendable, autorizar la construcción de una carretera, de esta importancia sin contar con la resolución de aprobación del EIA, respectivo.
Tras una profunda evaluación, la Comisión de Derecho Ecológico del Colegio Nacional de Abogados afirma que no se ha encontrado razones de hecho que fundamenten esta resolución, pues ninguna parece superior a los daños que ocasionaría al medio ambiente de dicha región y por ende al país, un proyecto de esta naturaleza.