Clave
- Posición
- A criterio de la Fiscalía de Drogas, el artículo 2141 del Código Judicial no opera en este caso, toda vez que el mismo se aplica cuando el detenido no ha ido a juicio y el caso de Urrego es un proceso en el que ya se dictó una sentencia.
- Condena
- Urrego fue condenado en el año 2011.
La defensa del colombiano José Nelson Urrego presentó un recurso de hábeas corpus ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia para pedir la libertad inmediata de quien fue considerado un importante integrante del Cartel del Valle del Norte.
La sustentación del recurso se fundamentó en el artículo 2141 del Código Judicial, en el que se establece la libertad inmediata de los detenidos que han cumplido la pena mínima de los delitos que se les imputa, a pesar de que no se les ha establecido una sentencia definitiva.
Urrego había sido sentenciado a siete años de prisión por lavado de dinero ante el Juzgado Octavo de Circuito, fallo que fue apelado ante el Segundo Tribunal de Justicia.
Sin embargo, han pasado 18 meses y todavía esta instancia de justicia no se ha pronunciado, lo que es considerado por Carlos Herrera Morán, quien actuó como vocero de los juristas, como una muestra evidente de la mora judicial.
Indicó Herrera que Urrego lleva 6 años y medio detenido, mientras que la pena mínima por el delito de blanqueo de capitales es de cinco años.
Igualmente se denunció que a este detenido no se le ha dado atención médica durante su permanencia en prisión, lo que ha ido desmejorando su salud.
Desde 2007 la isla Chepera, propiedad millonaria que le fue incautada a José Nelson Urrego, permanece bajo custodia del Ministerio de Seguridad Pública.
Una fuente judicial explicó que no se puede definir el proceso de hábeas corpus mientras no se resuelva el recurso de apelación presentado contra la sentencia.
Según Herrera Morán, al igual que Urrego hay muchos detenidos pasando por esta situación en la que ya han pagado sus condenas sin que todavía se les haya dictado sentencia.