Nación

Accidentes de tránsito dejan pérdidas en bienes del Estado

La Autoridad de Tránsito carece de un registro sobre afectaciones a postes de luz, semáforos y señales, pues se consideran como choques. La institución que resulte con un bien afectado procede con el cobro por medio de asesoría legal. Si la persona no responde, pasa a los juzgados.


Erika Edith Quiñones (erika.quinones@epasa.com) / -

El reloj marcaba las 10:00 a.m., cuando un camión derribó cinco postes del tendido eléctrico en Penonomé, provincia de Coclé, el pasado 8 de mayo. Al día siguiente, la misma historia se repite en Calle 50, ciudad capital.

Casos como estos se observan a diario, pero ¿qué pasa cuando se dañan bienes públicos o propiedad del Estado?

Como todo accidente, aunque no haya lesionados ni víctimas, hay responsables y afectados. Y en estos casos, también se debe responder por el bien dañado.

La primera instancia a la que le toca resolver el tema, en caso de que un conductor esté involucrado, es la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT). De hecho, está establecido en el Artículo 222 del Reglamento de Tránsito.

Dicho artículo dispone que, cuando a causa de un accidente de tránsito se produzca daño a semáforos, señales viales o infraestructuras de utilidad pública o privada, el juez de Tránsito que atienda la causa deberá solicitar a la entidad competente, un informe sobre el costo de los daños causados y ordenará a quien resulte responsable del accidente, el pago de todos los perjuicios, ya sea bien público o privado.

Si obstante, la ATTT no lleva un registro de cuántos hechos como estos se registran al año. La explicación que dan es que cuando se recibe un caso como el mencionado, se atiende como cualquier otro choque.

Cumpliendo con lo que dicta el reglamento, se le asigna el caso a un juez para que determine la responsabilidad del conductor.

En caso de resultar culpable, el dueño del bien tendrá que asistir con las cotizaciones correspondientes para que se asigne el precio a pagar por parte del conductor.

La autoridad explicó que la mayoría de las veces no existen acusaciones formales por este tipo de incidentes, porque son situaciones en las que el conductor se da a la fuga y nadie toma el número de placa para reportar el hecho.

Reparación

Afectaciones a postes de tendido eléctrico, paradas de buses y semáforos suelen ser los hechos más comunes. Eso sin contar que por situaciones de robo o vandalismo, también se ocasionan afectaciones a otras propiedades del Estado, como lo son las señalizaciones viales.

En este aspecto, la ATTT ha tenido pérdidas que han superado los 250 mil dólares, en los últimos tres años, sin poder dar con los responsables.

Las distribuidoras eléctricas Gas Natural Fenosa y Ensa, por el tipo de servicio que brindan, cuando reportan daños al tendido eléctrico, producto de una colisión o que un vehículo derriba los postes, al momento asumen el monto de las reparaciones, pero si se identifica al responsable, le pasan la factura.

Para muestra un botón. En lo que va del año, Gas Natural Fenosa ha atendido más de 700 casos. Mientras, Ensa en 2012, registró daños dos veces por semana a postes por colisión de algún vehículo, aunque esta cifra pudo subir si se consideraban aquellos en los que no se afecta el suministro eléctrico y, por tanto, la empresa no logra identificarlos.

Los montos económicos que asumen estas compañías, cada vez que se da una situación, oscilan de dos mil a tres mil dólares, dependiendo del daño, incluso, llegan a alcanzar los seis mil dólares. Gas Natural Fenosa señaló que, por lo general, los responsables terminan pagando, y para quien evade la responsabilidad, se entabla un proceso legal.

En lo que va del año, el Municipio de Panamá tiene un registro de 16 paradas que se han visto afectadas, ya sea por vandalismo, hurto o accidentes de tránsito.

¿Cómo se procede?

Carlos Harris, exdirector de la ATTT, explicó que cuando hay daños en contra del Estado, estos son tramitados por asesoría legal de la institución que haya sido afectada, incluso, en algunos casos se da la participación del Ministerio Público, y las personas deben hacer el pago correspondiente.

Si es un accidente, se soluciona de acuerdo con lo que dice el Reglamento de Tránsito y luego la entidad con esa resolución, a través del departamento legal puede reclamar los daños, orientó el abogado.

En el Ministerio de Obras Públicas (MOP), cuando se trata de propiedades administradas por la entidad, si el reporte de esos daños es enviado a Asesoría Legal por parte de la unidad responsable, trátese de la Dirección de Mantenimiento, Inspección o Proyectos Especiales, se procede automáticamente en este departamento con los trámites legales de cobro.

Una vez se tiene la resolución de la ATTT, en la que se declara la culpabilidad, se procede a su cobro; si la parte que afectó no repara o paga, entonces se remite al Juzgado Ejecutor para que se cobre por medio de la jurisdicción coactiva, ilustró León Emilio Halphen, de Asesoría Legal del MOP. Aclaró que esto se puede, siempre y cuando exista un reporte, ya sea de tránsito o de alguna autoridad.

De acuerdo con la ATTT, es importante que cuando se den este tipo de casos se busquen las pruebas, incluso si en el sitio hay alguna videocámara de algún comercio o de la Policía.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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