Nación

ACP no es indiferente ante el acoso


LA AUTORIDAD del Canal de Panamá (ACP) tiene una continuidad de la aplicación de la Ley de Derechos Civiles que prohibe la discriminación y el acoso sexual, la cual se hizo efectiva durante la administración norteamericana de la Comisión del Canal de Panamá.
La Ley Orgánica de la ACP brinda la oportunidad a sus empleados y solicitantes de interponer las quejas, citar a testigos y obligar al empleador a producir pruebas. Hasta existen ma nuales que indican como reconocer un acto de acoso y la manera de denunciarlo
Para Tilly de Mc Taggart, jefa de la Oficina del programa de Igualdad de Oportunidades de la ACP, las instituciones del Estado deben contar con una reglamentación que ayude a establecer una investigación justa y transparente.


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182981
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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