Clave
- Defensa
- Esta empresa en el recurso que presentó ante la instancia civil, mostró documentación como la aprobación del EIA ante la Anam, además de permiso de operación del Ministerio de Comercio e Industrias y el paz y salvo del pago de sus impuestos municipales.
- Operaciones
- La Alcaldía antes había aprobado la instalación temporal de la empresa por la construcción de la Cinta Costera III.
- Argumento del tribunal
- La resolución alcaldicia violó el debido proceso, porque no está facultada para juzgar, por eso considera el tribunal que debe admitirse el amparo.
@antonio052772
El alcalde del distrito de Panamá, José Blandón, tendrá que revocar la orden de haber suspendido las operaciones de una de las empresas concreteras que opera en la avenida Balboa y que sus actividades fueron clausuradas mediante una resolución alcaldicia.
La medida de permitir que la empresa Concretos Dinámicos S.A., siga operando, se debe a un amparo de garantías constitucionales que fue admitido por el Juzgado Decimosexto Civil de Panamá.
La decisión del juzgado en admitir el amparo se establece mediante Auto No. 1752; al cual se le dio traslado para la notificación de las partes y en su defecto la suspensión provisional de la orden alcaldicia.
La medida del alcalde Blandón se dio el pasado 19 de septiembre de 2014, luego de un operativo que dirigió la vicealcaldesa Raisa Banfield, en donde se ordenó la suspensión de operaciones de la empresa en mención, ubicada en avenida Balboa, y de otras compañías, alegando que no se contaba con los permisos de construcción.
La decisión del tribunal se sustentó en que las pruebas presentadas por la parte afectada en la resolución da cuenta que la empresa tenía permiso de operación vigente desde diciembre de 2013, además de un estudio de impacto ambiental (AEI) aprobado por la Autoridad Nacional del Ambiente (Anam).