El Alcalde del Municipio de San Miguelito, Rubén Darío Campos, presentó un recurso de reconsideración contra la decisión de la Sala Tercera Contencioso Administrativa para aplicarle una multa de B/.1,000 por haber incumplido una orden judicial.
La reconsideración de Campos se presentó luego que se le multara con B/.1,000 por incumplir una orden emitida por los magistrados de la Sala Tercera en donde se le prohibió autorizar construcciones en el Parque Forestal Los Andes #2.
De acuerdo con la apelación presentada por Campos, su despacho no autorizó construcciones en dicho lugar y que algunas personas han entrado a los terrenos sin autorización para construir, por lo que considera la sanción como injusta.
La sanción aplicada tiene su génesis en una querella de desacato presentada por el abogado Lino Rodríguez, luego que la Corte declarara la ilegalidad la resolución No. 54 de 27 de junio del 2000 dictada por el Consejo Municipal de San Miguelito en donde se autorizaba realizar una serie de construcciones en el citado parque.
De acuerdo con el fallo, el alcalde Rubén Darío Campos permitió que se siguieran una serie de construcciones en el Parque Forestal y con esta acción desconoció la sentencia emitida e incurrió en desacato.
En su resolución, el magistrado Adán Arnulfo Arjona señala que el alcalde permitió la realización de lotificaciones y construcción de viviendas, a pesar de la orden emanada de la Sala Tercera en donde se declaró la nulidad de la resolución emitida por el Consejo Municipal de San Miguelito.
Recientemente el Colegio Nacional de Abogados solicitó a la Corte Suprema de Justicia que se sancionara con severidad a los funcionarios que no cumplan con las órdenes emitidas por la Corte, juzgados y otros despachos judiciales.