En el decreto 988 del 9 de febrero del 2012 , también queda prohibido usar látigos y jeringas o utilizar cualquier método de coacción para pedir dinero, además de lanzar lanzar harina, productos químicos y confeti minúsculos, así como otro objeto con el que se pueda hacer daño o ensuciar a las personas.
No se podrá vestir ningún tipo de disfraces que se asemejen a los uniformes de la fuerza pública u otro estamento de seguridad, así como tampoco se podrá utilizar los emblemas nacionales o de otros países en ninguna comparsa, ni carros alegóricos, portar después de las 6:00 p.m. máscaras que dificulten la identificación de las personas.
Las prohibiciones quedan establecidas en la ruta de la Cinta Costera, desde calle 25 Este (Calidonia) hasta la calle 32 Este.
Quienes asistan al Carnaval de la City no podrán vestir ningún tipo de disfraces que se asemejen a los uniformes de la fuerza pública u otro estamento de seguridad, así como tampoco utilizar los emblemas nacionales o de otros países en ninguna comparsa, ni carros alegóricos, portar después de las seis de la tarde, mascaras que dificulten la identificación de las personas.
Se prohíbe que deambulen por las calles personas desvestidas, es decir desnudas, y hacer bailes vulgares y exhibiciones en tarimas y otros lugares de concurrencia pública. Los juegos pirotécnicas usados, únicamente, desde el viernes hasta el Martes de Carnaval de 7:00 de la noche a 12.00 medianoche
Además de las corregidurías de turno, el sábado y domingo quedan habilitadas las corregidurías de Policía de Santa Ana, El Chorrillo, Parque Lefevre, Alcalde Díaz, y el lunes y martes, la corregiduría de la Policía de Pacora, Juan Díaz, Ancón y Tocumen.
El decreto regirá a partir de su promulgación, con fundamento de derecho en la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, modificada por la Ley 52 de 12 de diciembre de 1984.