Nación

Anteproyecto busca prohibir publicación de morosos


La prohibición para publicar en cualquier medio de comunicación los nombres de personas naturales o jurídicas con deuda de dinero para efecto de cobro, salvo que se trate de quienes hayan sido condenadas en juicio al pago de tales obligaciones, establece un anteproyecto de ley que busca regular el Registro de Información del Crédito. En anteproyecto establece multas en caso de violación a la presente norma y al manejo inadecuado de los archivos del usuario, que van desde B/.25 mil hasta B/.100 mil en casos muy graves; de B/.5 a B/.50 mil en graves y de B/.100 a B/.10 mil en situaciones leves.
Además busca regular descontentos de la comunidad sobre el funcionamiento de la Asociación Panameña de Crédito (APC) en cuanto al manejo de información crediticia. Una consulta elevada por la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC) a la procuradora de la Administración, Alma Montenegro de Fletcher, planteó que no es legal que la APC retenga información sobre mala referencia crediticia afectando a un consumidor, sin confirmar o verificar si se trata o no de un cliente moroso.
La funcionaria consideró que la APC no puede difundir certificaciones en donde se afirma que una persona tiene mala referencia crediticia, cuando dicho deudor haya cancelado el crédito o préstamo. Esta iniciativa de la CLICAC dispone que los usuarios deberán ser indemnizados por daños, perjuicios o lesiones patrimoniales por el responsable o el encargado de la valorización de los datos crediticios, como consecuencia de lo dispuesto en la presente ley.


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18457
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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