El pleno de la Asamblea Legislativa aprobó en tercer debate un proyecto de ley mediante el cual se otorga autonomía financiera y administrativa al Tribunal y la Fiscalía Electoral, además establece un porcentaje fijo como presupuesto anual para ambas instituciones.
La aprobación de esta norma desarrolla el artículo 136 de la Constitución Nacional que consagra la independencia financiera del Tribunal Electoral.
Tales normas trataron de ser incluidas en la Constitución Nacional por medio de las reformas que fueron sometidas a referéndum en agosto de 1998, en conjunto con la reelección presidencial, pero las mismas fueron rechazadas por la población.
Se establece que el presupuesto del Tribunal y la Fiscalía, excluyendo el subsidio a los partidos políticos, no será inferior a ocho décimos del uno por ciento de los ingresos corrientes del Gobierno Central.
Se dispone además que en año de elecciones o consultas populares y en el inmediatamente anterior a estos procesos, el presupuesto adicional solicitado por el Tribunal Electoral, al igual que el de la Fiscalía Electoral, tendrá prioridad dentro del presupuesto del sector público.
En el proyecto se establece que el Organo Ejecutivo en seguimiento a la ejecución del Presupuesto General del Estado, a fin de garantizar el equilibrio financiero, podrá solicitar al Tribunal Electoral que adopte un plan de contención del gasto, cuya cifra de ajuste no será superior a la proporción de la reducción del presupuesto de gastos del sector público.
Por medio de la autonomía que otorga el artículo 136 de la Constitución Nacional, el Tribunal Electoral estará autorizado para establecer el costo de los servicios que presta y para administrar los fondos que recauday los que el Ejecutivo debe poner a su disposición.