Nación

Aprueban ley que regula historial de crédito


Después de superar diferencias de criterios en cuanto al tiempo de prescripción de las referencias de crédito en el sistema, el pleno de la Asamblea Legislativa aprobó finalmente en tercer debate la Ley 12 que se refiere al historial de crédito y al mismo tiempo regula una actividad que se ha venido desarrollando desde hace más de 40 años.
El legislador Pedro Miguel González explicó que al final prevaleció lo más conveniente para el país y el sistema crediticio nacional.
Indicó que la prescripción regirá desde la promulgación de la ley, de tal manera que será a partir del año 2009 cuando se excluya del sistema la información de los clientes que no hayan sido objeto de una acción judicial.
El tema de la prescripción se regula en el artículo 26 de la presente ley, que establece que los datos sobre historial de crédito a los consumidores y clientes que reposen en un banco o base de datos de una agencia de información será de siete años a partir de la fecha del último pago realizado, sin embargo, cuando medie una agencia judicial el término de la prescripción será de diez años computado a partir de la sentencia ejecutoria.
El documento aprobado en tercer debate no incluye el período de gracia de dos años que se había considerado en las modificaciones del artículo 45.
Cabe destacar que a diferencia de lo que rige actualmente, esta ley otorga derechos a los consumidores de demandar a las agencias de información o bien a los agentes económicos.
El artículo 23 de la norma permite a los consumidores y clientes tener el derecho a conocer toda la información que de ellos mantengan o manejen los agentes económicos y las agencias de información de datos.
Queda claro que las deudas por servicios básicos como electricidad, agua, teléfonos y recolección de basura, no entran al sistema de historial de crédito.
Se establece que los datos sobre historial de crédito brindados por los consumidores o clientes o por los agentes económicos, los manejados por las agencias de información de datos, deberán ser exactos y actualizados de forma que responsable, con veracidad a la situación real del consumidor.
En esta ley se otorgan facultades a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos y el Consumidor (CLICAC), para fiscalizar y sancionar a los agentes económicos.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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