Una ley que crea un instrumento por medio del cual las madres pueden lograr el reconocimiento de sus hijos menores a pesar de la negativa de los hombres a aceptar su responsabilidad, aprobó en tercer debate el pleno de la Asamblea Legislativa.
A partir de la sanción de la ley, cerca de 150 mil menores de 18 años de edad, no reconocidos por sus padres y todos los que nazcan de ahora en adelante, tendrán la oportunidad de llevar el apellido paterno, destacó la legisladora Teresita Yániz de Arias, quien junto a su colega Olgalina de Quijada, fueron las promotoras de este proyecto.
Arias detalló que al momento del nacimiento, la madre podrá, bajo la gravedad de juramento, dar el nombre del padre de su hijo o hija y seguidamente el Registro Civil comunicará a la persona que hay un niño que llevará su apellido.
Posteriormente, el padre señalado tendrá 10 días para aceptar o rechazar esa inscripción y en caso de rechazarla, la madre podrá solicitar una prueba de ADN que será pagada por la madre, si el resultado es negativo o por el padre, si la prueba es positiva.
La legisladora manifestó que desde el momento en que la mandataria sancione esta ley, hay un período de tres años para que las madres cuyos hijos no están reconocidos puedan hacer los trámites, sin importar la edad del menor.
"Hoy es un día de mucho regocijo" para todos, expresó la legisladora, quien al mismo tiempo aclaró que esta no es una ley para proteger a las mujeres, sino para hacerle justicia a los cientos de miles de niños que no han sido reconocidos por sus padres.