Nación

Aprueban reglamento de funcionamiento para nuevo mercado agropecuario nacional


El Ministerio de Desarrollo Agropecuario aprobó a través del resuelto No. ALP 051-ADM-00, el reglamento interno de administración y funcionamiento del Mercado Mayorista Agropecuario Nacional de Curundú y estableció las disposiciones generales por las cuales se regirá la entidad de ahora en adelante.
El reglamento publicado en Gaceta Oficial del jueves 28 de septiembre de 2000, establece que las disposiciones creadas para lo que en adelante se llamará Mercado de Curundú, se aplicarán a toda persona natural o jurídica, que mantengan algún proceso de comercialización con la institución.
Se detallan las actividades del mercado y los servicios que ofrece, los cuales consistirán en el uso de los puestos o locales de venta al mayoreo a título oneroso y por plazos determinados para la comercialización, así como el uso de locales para depósitos o almacenamiento en frío dentro del mercado.
El reglamento Interno de Administración y Funcionamiento del Mercado de Curundú, detalla las funciones del administrador de la entidad, entre los que resaltan, el fijar los cánones o tarifas aplicables a los usuarios y el ejercicio de la representación legal, entre otras facultades.
El Mercado estará estructurado por un administrador, una sección de operaciones y una sección de finanzas, cada una con sus funciones ampliamente detalladas.
En cuanto a los usuarios, se definen como tales a las personas naturales o jurídicas, especialmente los productores agrícolas, quienes harán uso de los espacios destinados a la venta al mayoreo de productos hortícolas o frutícolas, así como de los servicios complementarios del mercado, como el almacenaje en cuartos fríos, cafeterías, transporte interior y exterior, carga y descarga.
Las formas como los usuarios presentarán la solicitud y harán su inscripción, son expresamente detalladas en el reglamento.
Los usuarios deberán cumplir con varias obligaciones, entre las que se encuentran: cumplir en forma continua con la actividad para la cual están autorizados, de lo contrario perderán el contrato o autorización; abonar las tarifas fijada en forma puntual; exhibir sus productos en las áreas asignadas por la administración y mantener las instalaciones recibidas en perfecto estado de conservación.
A los usuarios se les prohíbe comercializar productos o prestar servicios no autorizados, exhibir avisos o letreros y otra publicidad con contenido y lugar no autorizado, consumir bebidas alcohólicas, ingerir drogas o estupefacientes dentro de las instalaciones del mercado, comercializar productos al por menor y distorsionar las actividades comerciales que intervengan en la prestación de la atención.
La condición de usuario del Mercado, se perderá por el término a caducidad de la autorización concedida, incumplimiento de las condiciones exigidas en la autorización correspondiente, por realización de obras sin previa autorización de la administración, por renuncia expresa del usuario y por resolución judicial que declare la quiebra del usuario, entre otras.
El Mercado de Curundú funcionará en un área contigua al Mercado de Abasto, con una capacidad de aproximadamente 50 módulos, cinco cámaras frigoríficas y dos depósitos, además de planta de lavados de productos, área de estacionamientos y área de carga y descarga.
Las instalaciones tendrán un horario de atención al público de 4:00 a.m. a 6:00 p.m. Mientras que para la entrada de productos y aseo general, el horario será de 6:00 p.m. a 4:00 a.m. La administración del mercado podrá hacer modificaciones a este horario, cuyo anuncio se hará público en las áreas visibles del mercado.


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50233
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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