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Arosemena puede retornar a prisión, según Medicina Legal

Este dictamen es de obligatorio cumplimiento. No existe otra instancia a la cual se puede recurrir para pedir una evaluación médica.


El Ministerio de Gobierno y Justicia no ha cumplido con la recomendación hecha por el Instituto de Medicina Legal (IMEL) desde del 17 de diciembre pasado, para que el ex gerente del Banco Nacional de Panamá (BNP), Rafael Arosemena, retorne al Centro Penitenciario El Renacer a cumplir su condena por el delito de peculado.

La decisión del IMEL se fundamentó en una serie de evaluaciones hechas a Arosemena, luego de cinco meses convalecencia, tras ser sometido a una operación de corazón abierto.

El director del IMEL, Vicente Pachar, explicó que la evaluación fue hecha y que se hizo una recomendación al Sistema Penitenciario.

 

Según Pachar, el  Sistema Penitenciario había solicitado realizar algunas aclaraciones en cuanto a las evaluaciones realizadas, pero aseguró que su despacho no ha recibido ninguna petición por escrito en este sentido.

De acuerdo con el galeno,  la evaluación hecha a Arosemena indica que se encuentra recuperado de la intervención quirúrgica a corazón abierto que se le practicó.

No obstante, la defensa de Arosemena sostiene que su cliente requiere de un seguimiento médico que no se le puede dar en el Centro Penitenciario El Renacer, a donde fue eviado a cumplir una pena de prisión por el delito de peculado en perjuicio del BNP. Según los abogados del banquero, su cliente, por lo avanzado de su edad y su condición de salud, requiere constante atención médica especializada que no se le puede brindar en un centro penitenciario.

 

Arosemena fue beneficiado con una medida de depósito domiciliario, tras ser sometido a una operación en donde se le colocaron cinco baypass para mejorar su ritmo car- diaco.

Por otro lado, la Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa de Arosemena para que se declarara nula una setencia condenatoria del juzgado cuarto penal.

Dictamen de IMEL es obligatorio
En ese sentido el ex procurador, Rogelio Cruz, señaló que en estos casos el dictamen del Instituto de Medicina Legal (IMEL) es de obligatorio cumplimiento.

 

Según Cruz no existe ninguna otra instancia médico legal a la cual se puede recurrir para solicitar una evaluación médica.

En este caso, afirmó, se trata de una opinión especializada y que debe ser valorada en toda su dimensión legal.

En materia forense la última palabra la tiene el IMEL.

 

Según Cruz, la ley penitenciaria permite conceder un depósito domiciliario a un interno para recibir tratamiento médico, cuando éste no se le pueda dar dentro de las instalaciones, pero luego de una evaluación por parte de los medicos del IMEL.


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311634
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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