La Asamblea Legislativa aprobó en todas sus partes el Protocolo de La Haya del 14 de mayo de 1954 para la Protección de los Bienes Culturales en caso de conflicto armado.
En este documento, las partes contratantes se comprometen a impedir la exportación de bienes culturales de un territorio ocupado durante un conflicto armado.
Asimismo, se comprometen a colocar bajo secuestro los bienes culturales importados en su territorio, que procedan directa o indirectamente de cualquier territorio ocupado, el que se declarará, bien de oficio en el momento de la importación, o en otro caso, a petición de las autoridades del referido territorio.
Otro de los compromisos adquiridos por las partes contratantes es devolver, al término de las hostilidades, a las autoridades competentes del territorio anteriormente ocupado, los bienes culturales que se encuentren en el suyo, si tales bienes han sido exportados en contravención del principio establecido en el Protocolo.
Señala además que los bienes culturales procedentes del territorio de una de las partes contratantes depositados por "ella" en el territorio de otra parte contratante, a fin de protegerlos contra los peligros de un conflicto armado, serán devueltos por ésta, al término de las hostilidades a las autoridades competentes del territorio de procedencia.