El pleno de la Asamblea Legislativa ratificó ayer entre otros convenios internacionales, uno que establece la edad de 14 años como la mínima para admisión de un infante en un empleo y otro que prohíbe la prostitución, la esclavitud infantil, el uso de menores en producciones pornográficas y las "peores" formas de trabajo infantil.
Los convenios fueron ratificados por unanimidad en el pleno legislativo, ya que los legisladores tanto de Gobierno como de oposición se mostraron en total acuerdo con la aprobación de estos proyectos.
Según el convenio ratificado, se consideran como las peores formas de trabajo infantil, la esclavitud, la venta y tráfico de niños, el trabajo forzoso u obligatorio, así como el uso de infantes en conflictos armados, la prostitución, la producción de pornografía y el tráfico de estupefacientes.
Cualquier Estado que sea signatario de este convenio, auspiciado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), estará obligado a promover acciones legales para evitar que los niños sean utilizados para estas prácticas.
En caso de que se descubra la existencia de niños sometidos a cualquiera de las peores formas de trabajo infantil, el Estado miembro estará en la obligación de brindarle asistencia para librarlos de este sometimiento y rehabilitarlos.
Mientras que en el otro acuerdo, se fija como edad mínima de admisión al empleo los catorce años, salvo para el caso del trabajo marítimo y la pesca donde ésta deberá ser de quince años.
Para cualquier trabajo que sea considerado "peligroso" para la salud o la vida de la persona se fija la edad de dieciocho años.
Se establece que bajo ninguna circunstancia se permitirá el trabajo de menores de dieciocho años de edad en la parte subterránea de cualquier mina, así como otras actividades como minas, canteras, industrias manufactureras, construcción, servicios de electricidad, agua y gas.