Nación

ATTT declara moratoria de 90 días para pago de desacato


La Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) declaró una moratoria para el pago de desacato en las infracciones cometidas por los conductores, la cual se extenderá por un periodo de noventa (90) días.

El Decreto Ejecutivo 756 establece que durante la moratoria, todo conductor puede cancelar sin incurrir en el pago de la sanción por desacato, las sumas que adeuden en concepto de multas interpuestas por la ATTT o por los Juzgados de Tránsito hasta el 30 de junio de 2010.

Por otro lado, se establece que aquellos usuarios que soliciten formalizar arreglos de pago ante el Juez Ejecutor de la ATTT, deberán abonar e 40% por ciento del total adeudado y sólo aplicarán para las morosidades a partir de B/.300.00.

 

Se exceptúan del acuerdo de arreglo de pago las infracciones por conducir con aliento alcohólico, conducir en estado de embriaguez comprobada o bajo los efectos de estupefacientes, hacer competencia de velocidad en la vía pública (regata), colisión y fuga, atropello o daños a la propiedad.


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587464
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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