Nación

Aumentarán penas a quienes causen accidentes fatales


El pleno de la Asamblea Legislativa aprobó en tercer debate el Proyecto de Ley 30 que introduce modificaciones al Código Penal y Judicial, mediante los cuales se imponen sanciones a los conductores de vehículos comerciales y particulares que cometan delitos de atropello o algún hecho punible cometido en un accidente de tránsito.
De acuerdo con un comunicado de la Asamblea, el documento establece que las sanciones aumentarán dependiendo de las circunstancias en que ocurra, por ejemplo, si es terrestre, aéreo, marítimo o fluvial.
Las sanciones serán más severas si el autor o autora del accidente se encuentra en estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias psicotrópicas, si el accidente se produce como consecuencia de competencia de velocidad con vehículos de motor en lugares no destinados para ese fin.
Con las modificaciones a la Ley 30, si a causa de un accidente una persona recibe daño corporal o psíquico incurable, perdida de un sentido, órganos o extremidades, impotencia o pérdida de la capacidad de procrear, deformación del rostro o cuerpo de por vida las sanciones podrían ascender de 2 a cuatro años de prisión.
Por otro lado el proyecto de ley también establece sanciones entre los 30 meses y los 6 años de prisión "para los delitos de hurto a los productos del mar o insumos para la pesca que se encuentren a bordo de embarcaciones o cuando se trate de productos hidrobiológicos que se encuentran en un sitio natural de producción".
Igualmente fue modificado el artículo 215 A del Código Judicial, mediante el cual queda instituido como una "falta grave a la ética profesional del abogado, la práctica de dilatar injustificada o amañadamente las diligencias propias de los procesos judiciales en los que actúa", disposición que será reglamentada por la Corte Suprema de Justicia.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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