La decisión dictada por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, la cual dejó sin efecto la resolución de la Autoridad Nacional del Ambiente, que declaró el humedal bahía de Panamá y del Distrito de Donoso, provincia de Colón, como área protegida, no impide que se adopten nuevas medidas para la protección de esta zona.
A través de un boletín de prensa, la Sala Tercera explicó que la decisión tomada el pasado 27 de abril es de carácter provisional y no le impide a las autoridades administrativas adoptar nuevas medidas de protección, y mucho más si las mismas son protegidas por normas internacionales como la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional (Ramsar).