El pleno de la Asamblea Legislativa inició ayer la discusión del proyecto de ley, mediante el cual se modifica la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Administración y se elimina un párrafo que prohibía a los medios de comunicación tener acceso a información confidencial del Estado.
A través del nuevo proyecto, se modifica el artículo 70 de la Ley 38 de julio de 2000, la cual fue identificada después de su aprobación como una nueva "ley mordaza", atentatoria contra el libre ejercicio del periodismo.
Rubén Arosemena, presidente de la Comisión de Gobierno que aprobó el proyecto de ley en primer debate, solicitó a la directiva de la Asamblea Legislativa que la votación de esta norma no se diera hasta que no comparecieran al pleno, los representantes de los medios y dirigentes gremiales que habían sido invitados a participar en el segundo debate.
Al igual que durante la discusión en primer debate, sólo asistió la presidenta del Colegio Nacional de Periodistas (CONAPE), Bárbara Bloise quien manifestó que en su opinión es preferible que el artículo 70 sea derogado en su totalidad, ya que cualquiera de sus partes pudiera ser utilizada en determinado momento en perjuicio de los medios y los periodistas.
Indicó que históricamente las leyes han sido utilizadas en Panamá para perjudicar a los periodistas, al momento que las quieren utilizar, basta con que algún funcionario le de una interpretación y se aplica.
Mientras que el legislador Andrés Vega señaló que hay que decir la verdad y reconocer que en Panamá o cualquier otro país, la libertad de expresión es la libertad del propietario del medio y no la del periodista o de la población.
Indicó que en Panamá se ha confundido la libertad con libertinaje y hay medios y periodistas que actúan sin la responsabilidad debida.
Arosemena dijo que la nueva propuesta, lo que pretende básicamente es eliminar la potestad que otorga la Ley a que sea un funcionario el que determine qué documento es confidencial y a cuál puede un periodista tener acceso.
Según la propuesta aprobada, la calificación de confidencialidad de una información deberá ser objetiva y ceñirse a las condiciones establecidas en las leyes vigentes, el funcionario no podrá negarse a dar información, so pretexto de que es confidencial o de acceso restringido, si esta no se encuentra previamente clasificada como información clasificada o de acceso restringido.