Una propuesta mediante la cual se desarrolla la facultad que tienen algunos funcionarios con mando y jurisdicción, de penar sin juicio previo a cualquier ciudadano panameño, presentó ante el Pleno Legislativo el legislador arnulfista, Francisco Ameglio.
El artículo tres del anteproyecto que pretende desarrollar las "leyes de desacato" dispone que "un funcionario con mando y jurisdicción no podrá imponer multas u ordenar el arresto de ninguna persona por las opiniones o críticas vertidas de manera pública o en los medios de comunicación por actos propios de sus atribuciones públicas".
La propuesta establece que toda pena de arresto dictada por un funcionario con mando y jurisdicción podrá ser sustituida con una sanción pecuniaria a razón de convertir cada día de arresto en días de multa.
Ameglio expresó que con esta propuesta pretende demostrar que él no es enemigo de los medios de comunicación o los periodistas, sino que en lo personal está en contra del mal ejercicio o la práctica irresponsable del periodismo en Panamá.
Explicó que esta propuesta la ha presentado en cuatro ocasiones consecutivas, una de las cuales fue rechazada porque se consideró que era una norma establecida en la Constitución Nacional y por lo tanto no podía ser derogada.
Indicó que ante este hecho real de la norma que está incluida en la Constitución Nacional, la nueva propuesta pretende desarrollar o reglamentar esta facultad que tienen los funcionarios con mando y jurisdicción en el territorio nacional.
Se propone en el anteproyecto presentado que cualquier funcionario público que ordene un arresto o imponga una multa, sin apego a las disposiciones legales, incurrirá en extralimitación de funciones públicas.