De acuerdo con el Comité Nacional de Elecciones existen mecanismos para impugnar parcial y totalmente las elecciones primarias.
Entre las causales para anular las elecciones en su totalidad está la celebración en lugares distintos a los publicados; que la mayorías de las 39 actas de escrutinio estén borradas, tachadas o visiblemente afectadas o que el escrutinio de los votos se haga en un sitio diferente al previamente acordado.
Además se pueden impugnar las primarias si el proceso de escrutinio lo efectúa una persona no autorizada para ello.
Las impugnaciones parciales se suscitan en el primero cuando se registran irregularidades en una mesa determinada, las anomalías van desde la alteración del proceso de elección, en la suma de los votos, etc.
Dentro de las impugnaciones parciales también destacan las distritales y circuitales. Estas ocurren cuando se presentan diversas anomalías dentro de un mismo circuito o distrito electoral. En estos casos se tendría que repetir la elección.
Las impugnaciones sólo la podrán presentar abogados inscritos en ese colectivo político.