Nación

Comunicado a la ciudadanía


En mi calidad de Procuradora General de la Nación, y convencida de la importancia de la transparencia en la gestión pública, informo:

1.Nuestro país se enfrenta a una circunstancia histórica. La Procuraduría de la Administración dispuso hoy ordenarme la indagatoria por la presunta comisión del delito de Abuso de Autoridad e Infracción de los Deberes Públicos, decisión que se adopta por razón de la querella que presentara en mi contra un ex fiscal llamado a juicio por el delito de concusión, y justo cuando las pruebas practicadas demostraron que el padre de la detenida se mantuvo en cuanto a la solicitud de dinero que le hizo el fiscal.

2. AI inicio de este período presidencial, reafirmé mi convicción de mantener la integridad de mi misión institucional, basada en la independencia e imparcialidad funcional.

 

3. La resolución a través de la cual se me hacen cargos no contiene un mayor análisis jurídico, en cuanto al hecho y la justificación que existió al emitirse la decisión de 17 de agosto de 2005, por la cual se autorizó la intervención y grabación de las conversaciones telefónicas a petición y autorizado por el propio afectado, MIGUEL SAMBRANO.

4.EI delito de abuso de autoridad exige en nuestro derecho un actuar con dolo directo o con la intención de abusar, que nunca hice y el presente caso se deriva de una opinión jurídica sujeta a diversas interpretaciones y al escrutinio judicial.

5.Pese al criterio jurisprudencial arraigado respecto a que el concepto de "autoridad judicial" incluía a los funcionarios del Ministerio Público, la interpretación constitucional es definida 2 años después de la decisión tomada en contra del ex fiscal, cuando en fallo de 17 de julio de 2007 el pleno de la Corte Suprema de Justicia interpreta que el artículo 29 de la Constitución en el sentido de que autoridad judicial lo eran sólo los tribunales de justicia del Órgano Judicial, decisión que hemos respetado desde entonces con estricto apego a lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia.

 

6.Este precedente abre la posibilidad de que cualquier funcionario judicial que en sus funciones interprete la ley, y posteriormente se revoque su decisión, quede sujeto a un proceso penal, lo cual pone en riesgo a todos los encargados de administrar justicia.

7.Apartándose de la reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, la Procuraduría de la Administración en una decisión sin precedentes, consideró como prueba sumaria un fallo de la Corte Suprema de Justicia en materia constitucional. En efecto, la providencia que ordena mi indagatoria se sustenta exclusivamente en el fallo de 17 de julio de 2007 que declaró la inconstitucionalidad de la medida de intervención telefónica.

8. Este escenario se produce a partir de una decisión propia de la independencia funcional del Ministerio Público en un Estado de Derecho. Una independencia que he tratado, día a día, de custodiar con celo, durante y antes de esta administración presidencial. La seguridad jurídica, el respeto y la estabilidad de sus instituciones son el fundamento del Estado Constitucional de Derecho.

 

9.Es por ello que considero, que los criterios hasta ahora emitidos en este expediente exceden el plano jurídico, que pretende asestar un severo golpe, pero no definitivo, a la estabilidad democrática de las instituciones del país, lo que implica el respeto de los periodos constitucionales de los cargos de justicia.

10.Fuimos conscientes de que la acción sin precedentes de un Fiscal al ordenar la indagatoria de un ex presidente de la República, respetando el debido proceso y atendiendo estrategias investigativas propias del delito hasta donde las pruebas que han sido incorporadas lo permiten, provocaría reacciones en las estructuras políticas-tradicionales, costo que decidimos afrontar con valentía y rectitud legal.

11.Quiero mandar un mensaje a la ciudadanía, que se mantengan vigilantes frente a este tipo de actuaciones dirigidas a afectar la institucionalidad y el estado democrático de derecho, cuya base se cimienta en la separación de los poderes, la independencia judicial, y alcanzan la estabilidad jurídica y social necesaria para el desarrollo económico de las sociedades modernas.

 

12.Frente a esta situación, la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos, en su XVII Asamblea General Ordinaria, manifestó su preocupación ante la situación de la Procuraduría General de la Nación, afirmando que la independencia del Ministerio Público es consubstancial al Estado de Derecho, manteniendo su atención sobre las instituciones de procuración de justicia del país.

13.Finalmente, expreso que aquí encontrarán a una Procuradora General de la Nación dispuesta a afrontar con dignidad y valentía lo que el pleno de la Corte Suprema de Justicia, mi juez natural decida, confiada en que este tribunal honrará su responsabilidad histórica, y definirá favorablemente los incidentes y recursos presentados, a través de un pronunciamiento claro y contundente que, por su contenido y alcance, será sujeto al escrutinio de todos los ciudadanos.


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510652
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América