Un juicio en contra de la magistrada Mirtza Franceschi de Aguilera y una demanda en contra del gobierno nacional ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), interpondrá el Consejo Nacional de los Trabajadores Organizados (CoNATO).
Un comunicado de la Confederación de Trabajadores de la República de Panamá, (CTRP), explica que la magistrada Franceschi de Aguilera en calidad de ponente, con el apoyo del pleno de la Corte Suprema de Justicia, acogió un Amparo de Garantías interpuesto por la empresa Hotel Panamá, en contra de una resolución del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
Sostiene, que mediante ese fallo, la Corte Suprema de Justicia, reconoce un acuerdo firmado por un grupo de trabajadores de esta empresa, el rango de convención colectiva, para sustentar que el sindicato debidamente reconocido por las leyes panameñas, "no podrá presentar su pliego de peticiones para negociar una convención colectiva".
Guillermo Puga, secretario general del gremio sindical afiliado al CoNATO, señala que la Corte Suprema de Justicia, trascendió sus responsabilidades de interpretar y aplicar la ley, para entrar en materia legislativa, invadiendo el ámbito que le compete a la Asamblea Legislativa.
Puga, denunció que la Corte Suprema de Justicia se ha declarado en defensa de la patronal del país y ha violado los preceptos legales establecidos en el Código de Trabajo, de allí que el movimiento sindical exigirá que el pleno de la Corte sea llevado a juicio en el parlamento nacional.
La Corte Suprema de Justicia, derogó la resolución que emitió el ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, ordenando a la empresa Hotel Panamá a negociar con el sindicato y valida el acuerdo de un grupo de trabajadores afín a la empresa, dándole carácter de convención colectiva.
El sector laboral argumenta que la decisión de la Corte viola el artículo 398 del Código de Trabajo, que estipula claramente que un grupo no organizado de trabajadores no puede celebrar una convención colectiva y el 430 señala que a pesar de que un grupo de trabajadores suscriba un acuerdo de naturaleza colectiva, no puede ser considerado como una convención colectiva.
Por otro lado, Mariano Mena, secretario general de la Central General de Trabajadores de Panamá, reiteró que ante este fallo, los trabajadores solicitarán la destitución del pleno de la Corte y denunciar ante la OIT que el gobierno de Panamá, está violando los convenios 87 y 98 en materia libertad sindical.
Si es necesario, "nos veremos en la necesidad de llevar esta querella hasta la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, porque la organización sindical forma parte de los derechos humanos de los trabajadores y una muestra de ello, es la situación que enfrenta el Estado por la destitución de trabajadores mediante la Ley 25.