Nación

Condenar casas es oneroso

Viejos inmuebles e inquilinos son costosos para el Ministerio de Vivienda.


DECLARAR una casa condenada es un dilema para el Ministerio de Vivienda (MIVI), porque no tiene dónde reubicar las familias, ni espacio en pensiones o albergues. Hasta la fecha en la Dirección General de Arrendamiento hay 192 solicitud de condena, las cuales no han sido firmadas, ya que resulta costoso cargar con los gastos de luz, agua y el pago de alquiler de pensiones.
De acuerdo con el director de Arrendamiento, Gilberto Córdoba, el ministerio está asumiendo en materia de electricidad y agua de las casas condenadas un millón 832 mil balboas, por lo que cada vez que se emite una resolución de esta índole se enfrentan a una explosión demográfica, que involucra la reubicación.
Actualmente, en el país hay 913 inmuebles condenados, lo que representa 5, 928 familias y faltan 192 casas, entre la que se encuentra la Renta 15, en el corregimiento de Santa Ana, propiedad de la Caja de Seguro Social, en donde habitan 107 familias.
En el distrito de Panamá los corregimientos con mayor cantidad de familias afectadas por inmuebles condenados son San Felipe (968); Chorrillo (851) y Calidonia (673).
Frente a esta situación el MIVI no está condenando inmuebles, porque primero se tiene que resolver el traslado de las personas, debido a que los propietarios no se preocupan por realizarlo y en ocasiones tarda meses.
La Ley N° 93 de 1973, que rige en materia de arrendamiento, señala que cuando un edificio es condenado el propietario tiene 90 días para desalojar después de la notificación a los inquilinos y luego 30 días más para demoler.
Según Córdoba, nadie cumple con esto y el MIVI debe correr con los gastos de demolición que son alrededor de B/. 8, 000 y en ocasiones es imposible cobrar, porque los dueños de inmueble dicen no tener dinero para pagar y que se queden con los terrenos.
Las cuentas por servicios de agua y luz llegan al MIVI, porque los propietarios de inmuebles van con la resolución de condena al Ministerio de Economía y Finanzas a solicitar que se les suspenda el pago de interés sobre el edificio. De igual forma solicitan al Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN) y a la empresa de electricidad que no les cobren estos servicios, y los costos los tiene que asumir la entidad de vivienda.


La solicitud de condena puede ser presentada por el dueño del inmueble, los moradores que lo habitan, la Junta Comunal del corregimiento en que está ubicado, o por las instituciones de seguridad como el Sistema de Nacional de Protección Civil (SINAPROC) y el Cuerpo de Bomberos.
Sin embargo, la resolución de condena depende de las soluciones de vivienda que se puedan ofrecer.


Para el sociólogo Marcos Gandásegui, el problema de las casas condenadas va unido con el desempleo, ya que al no tener dinero, las personas buscan este tipo de vivienda.
Gandásegui señaló que no es un problema de parasitismo o de querer vivir del Estado, sino que es una solución inmediata para este grupo de personas sin oportunidad de trabajo.
Lo cierto es que las casas condenadas no son un problema exclusivo de Panamá, sino de varios países del mundo, y se debe a la falta de empleo y la pobreza.
De acuerdo con estadísticas de la Contraloría General de la República, el 15% de la población económicamente activa está desocupada, al mismo tiempo el otro 40% vive de la economía informal, es decir, más de la mitad de la población de Panamá no tiene empleo y se refleja en el tipo de vivienda en donde reside.
Además, el Informe de Desarrollo Humano 2004 del Programa de las Naciones Unidas señala que los niveles de pobreza en Panamá alcanza el 25.6%.

 


(ver cuadro en la página D1 del diario impreso)


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195691
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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