La firma de un contrato entre la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) y la compañía Practicajes Marítimos de Panamá S.A., podría ser considerado como caso de "conflicto de intereses" en virtud de que el representante legal de la compañía, Alberto Herrera, es empleado de confianza de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), informó una fuente vinculada al sector.
La fuente mostró documentos mediante el cual se pacta el contrato A2-027-2002 firmado entre la AMP y la compañía Practicajes Marítimos de Panamá S.A., mediante el cual se otorga el derecho a brindar el servicio de practicaje a todos los buques que recalan en el área de Taboguilla, Charco Azul, la Bahía de Manzanillo, Chiriquí Grande, Amador y Bahía Las Minas.
En este sentido recordó que el acuerdo número 11 del 6 de mayo de 1996, mediante el cual se adopta el reglamento de Etica y Conducta de la ACP, se refiere a los principios éticos que deben ser observados por los funcionarios.
La citada reglamentación señala con respecto a los funcionarios, entre otros puntos, que no deberán poseer intereses financieros que estén en conflicto con el desempeño de las funciones de su cargo; no se utilizará el cargo público para ganancia o provecho propio, ni se buscarán ni llevarán a cabo trabajos o actividades fuera del empleo que estén en conflicto con los deberes y responsabilidades del cargo e intereses de la Autoridad.
Según el acuerdo entre la AMP y la compañía de Practicaje, se autoriza la actividad en puertos que aún no existen como tales y como ejemplo se cita el caso de la marina de Amador que todavía no se considera como un puerto.
La fuente también cuestionó que en Panamá se promueva la competencia en el servicio de practicaje, toda vez que esa actitud podría crear situaciones de peligro.