Nación

Conversan sobre entrega de bienes revertidos


La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) y la Autoridad de la Región Interoceánica (ARI) se reunirán la próxima semana para ultimar detalles sobre la devolución de bienes revertidos a esta institución.
"Nos estamos entendiendo con la Autoridad del Canal y estamos conversando con el ingeniero Alberto Alemán Zubieta la próxima semana", acotó el director de la ARI, Alfredo Arias.
Recientemente, el director de la ARI denunció que la Autoridad del Canal se negaba a otorgarle algunas tierras que podrían ser incorporadas al desarrollo nacional.
La Procuraduría de la Administración estimó que la ACP tenía que traspasar los bienes y tierras a la ARI, porque era la institución creada para la administración de los mismos.
En tanto, la ACP mediante un comunicado manifestó que no tenía ningún inconveniente en traspasar las tierras a la ARI, tal como había considerado la Procuraduría de la Administración.
El Ministerio de Economía y Finanzas traspasó a la Autoridad del Canal de Panamá la propiedad de los bienes inmuebles, bienes muebles, equipo flotante y vehículos terrestres necesarios para el funcionamiento de la vía.
El Decreto Ejecutivo No. 210, del 29 de diciembre de 1999, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a traspasar en nombre y en representación del Organo Ejecutivo, además de los bienes inmuebles, todas las mejoras construidas e instaladas en el subsuelo en tierras de la Nación y en servidumbres, consistentes en ductos, tuberías, postes, torres de comunicaciones, telecomunicaciones, agua potable y aguas servidas, adscritos al funcionamientos del Canal de Panamá y los componentes de los sistemas de aguas, electricidad y telecomunicaciones.
El Decreto Ejecutivo No. 211 publicado en la Gaceta Oficial, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas realizar la inscripción de la propiedad del equipo flotante en la Dirección de Marina Mercante de la Autoridad Marítima de Panamá, mientras que la inscripción de la propiedad de vehículos terrestres propiedad de la Autoridad del Canal de Panamá, deberá realizarse en el Registro Unico Vehicular .


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105831
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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