La Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional parte de un decreto alcaldicio que sancionaba a los "invasores" de tierras, hasta con 90 días de arresto.
El abogado Dagoberto Franco interpuso la demanda de inconstitucionalidad en contra del Decreto 004 del 16 de septiembre de 1994, expedido por el alcalde de Arraiján, mediante el cual se ordena el desalojo de los intrusos en las áreas revertidas y cualquier otro área del distrito.
De acuerdo con Franco, el decreto impugnado incurría en extralimitaciones al imponer sanciones que no están consideradas en la ley, y que en principio le sirve de parámetro a su esfera de acción.
"Dicho decreto no hace más que otorgarle una patente de corso al alcalde del distrito de Arraiján, que le da derecho a ejercer persecuciones y abusos, lo que resiente en carne propia una comunidad que espera respuestas y no atropellos de las autoridades", destacó.
Señala también que el decreto es violatorio del artículo 31 del Estatuto Fundamental que establece que sólo serán penados los hechos declarados punibles por ley anterior a su perpetración y exactamente aplicable al acto imputado, lo cual fue compartido por la Procuradora de la Administración.
Por tal motivo, la Corte Suprema en pleno comparte el criterio de la Procuradora de la Administración y declara inconstitucional la frase "y serán sancionados con 90 días de arresto" contenida en el decreto señalado, dejando sólo en el texto del artículo la frase, "toda persona que viole este decreto será desalojado de inmediato".