La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia ordenó el reintegro de Miguel Ángel Cigarruista Palma, al Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), no solo por su condición de funcionario, sino también por ser padre de un menor con discapacidad.
El fallo de la demanda contencioso administrativa que presentó Cigarruista en noviembre del 2005, se fundamentó en que Cigarruista tenía más de 21 años laborando en la institución, que contaba con buenas evaluaciones dentro de su cargo como Ingeniero Agrónomo y, además, enfatizó que era padre de un menor con parálisis cerebral infantil.
El fallo, bajo la ponencia del magistrado Víctor Benavides, establece que además que no se tomó en cuenta la estabilidad que le confiere la Ley sobre la Carrera Administrativa, no se valoró su fidelidad y altos niveles de calidad como funcionario, ni tampoco que era padre de un menor con discapacidad.
La resolución resaltó que cuando una persona discapacitada depende de sus padres o tutores que están al servicio de una entidad pública o privada, siempre que se compruebe fehacientemente, la destitución solo podrá hacerse si se incurre en una causal, que deberá constar en una resolución motivada.
Además, se hace un llamado de atención para que en la legislación sobre discapacitados se contemplen los casos en que el discapacitado es dependiente de un servidor público o privado.
El fallo agregó que se quiere salvaguardar los derechos de los discapacitados, para que no se vea mermada su posibilidad de gozar de prerrogativas que merecen, cuando se registren hechos en que sus padres o tutores son cesados de sus puestos.
También ordenó el pago de los salarios caídos, desde la destitución.