Nación

Corte niega la suspensión provisional del referéndum universatorio


 

Bajo la ponencia del magistrado Víctor Benavides y contando con el respaldo de sus colegas Alejandro Moncada Luna y Winston Spadafora, la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, negó la medida cautelar de suspensión provisional solicitada por el licenciado Miguel Antonio Bernal Villaláz, contra el Acuerdo - Reunión No. 4-10 de 4 de mayo de 2010 (referéndum universitario).

Un comunicado de prensa de la Corte, señala que la medida adoptada de no suspender los efectos de este Acuerdo-Reunión emitido por el Consejo General Universitario-, obedece a que, este Máximo Órgano Colegiado de Gobierno de la Universidad de Panamá, está facultado para reglamentar su régimen electoral interno, conforme a lo establecido en la Ley No. 24 de14 de julio de 2005: "Orgánica de la Universidad de Panamá".

 

La Sala Tercera consideró, igualmente, que este acto expedido por el Consejo General Universitario no es contrario al orden jurídico objetivo y tampoco infringe el principio de separación de los poderes.

Ante la negación de la medida, el catedrático Miguel Antonio Bernal, señaló a RPC Radio que la violación de la ley perpetrada por la organización de un referéndum en el que se altera la condenación establecida por la ley orgánica de la Universidad de Panamá es flagrante y evidente.

"Si los señores de la Sala Tercera no la quieran ver no me estaña en los más mínimo, lo que yo no podía dejar de hacer era solicitar un recurso por la violación que se comete. Ellos dicen que no la hay, sin embargo tienen el sartén por el mango".

 

De acuerdo con Bernal, no es cierto que el Consejo Nacional Universitario tenga la facultad para adulterar o alterar la disposición de una ley orgánica. "Aquí hay una adulteración absoluta del orden  jurídico, pero estos señores tienen la última palabra", afirmó.  

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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