Nación

Corte no admite demanda contra el PRD


La Corte Suprema de Justicia no admitió una demanda de inconstitucionalidad presentada contra los estatutos del Partido Revolucionario Democrático (PRD), interpuesta con el fin de eliminar la revocatoria de mandato en ese colectivo político.
De acuerdo con el fallo, el acto demandado no es susceptible de ser sometido a control constitucional, ya que los estatutos internos de los partidos políticos no reúnen la naturaleza jurídica exigida para que el Pleno de la Corte pueda ejercitar el control constitucional que se le reconoce en forma privativa.
El fallo tuvo la ponencia del magistrado Adán Arnulfo Arjona.
También señala que la demanda presentada por el presidente del MOLIRENA, Jesús Rosas, contra el artículo 81 del estatuto del PRD, está dirigida contra las normas estatutarias de las organizaciones políticas y éstas no constituyen actos provenientes de autoridad, por lo que no es posible someterlas al control constitucional de la Corte.
A la vez establece que el criterio expuesto por los magistrados de la Corte encuentra apoyo no sólo en la normativa legal indicada con anterioridad, sino que coincide con la línea jurisprudencial sentada por esa corporación de justicia desde hace más de una década.
El presidente del MOLIRENA, quien presentó la demanda de inconstitucionalidad a título personal, cuestionaba que el artículo 81 de los estatutos del PRD permite la revocatoria de mandato de los legisladores de ese partido cuando hayan votado en más de una ocasión en contra de la mayoría de ese colectivo.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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