El pleno de la Corte Suprema de Justicia ordenó al ministro de Gobierno y Justicia, Arnulfo Escalona, entregar a la Defensoría del Pueblo la información relacionada con la planilla de los funcionarios públicos que laboran en esa institución.
El defensor del Pueblo, Juan Antonio Tejada, solicitó el 29 de agosto de 2002 al ministro Escalona, la información referente a la planilla actualizada de los funcionarios con sus nombres, cargo, salario y gastos de representación. Sin embargo, a pesar de esta petición, tuvo que requerirla judicialmente el 11 de febrero de 2003, a través de una acción de Hábeas data presentada ante la Corte.
Ante la petición, la Corte en fallo emitido el 28 de mayo de 2003 constató que la información solicitada está contenida en la página web del Ministerio de Gobierno y Justicia, sin embargo, la Corte señaló que "no se aprecia que el accionante tenga conocimiento de esta situación y tampoco se comprueba que esta información se haya remitido de manera impresa al solicitante".
Conforme al artículo 20 de la Ley de Transparencia, "el funcionario requerido por el tribunal que conoce del recurso de Hábeas data, que incumpla la obligación de suministrar la información, incurrirá en desacato y será sancionado con una multa mínima equivalente al doble del salario mensual que devenga".
El defensor del Pueblo ha sostenido que para facilitar la labor de "auditoría ciudadana" sobre la utilización de los recursos estatales, que incluye la detección de malas prácticas en el ejercicio del poder, es necesario que los ciudadanos conozcan el nombre de los servicios del Estado, su posesión, sus funciones, así como sus gastos de representación.