La Corte Suprema de Justicia rechazó un amparo de garantías constitucionales interpuesto contra la Dirección de la Caja de Seguro Social (CSS) por la Fundación Pro Bienestar y Dignidad de las Personas Afectadas por el Virus del SIDA (PROBIDSIDA).
El amparo se sustenta en que la CSS le niega los medicamentos de la triple terapia a los afectados con el virus del SIDA, a pesar de que éstos sean asegurados y las medicinas hayan sido recetadas por un médico de la propia institución.
La Corte no admitió el amparo basándose en formulismos legales y no en el fondo de este recurso, dijo el doctor Orlando Quintero, miembro de PROBIDSIDA, quien asegura que con esta acción se pone en peligro la vida de cientos de enfermos que no pueden esperar a que se interpongan nuevos recursos legales, porque para entonces estarían muertos.
El amparo no fue admitido, porque la Corte sostiene que el caso debió pasar a la vía contencioso administrativa, antes de utilizar la constitucional, dado el carácter administrativo del hecho que se fundamenta en la negativa de la CSS de entregar los medicamentos solicitados.
Los medicamentos de la triple terapia, utilizados para tratar a los pacientes con SIDA no están contemplados en el cuadro básico de medicamentos de la CSS, lo que a juicio de PROBIDSIDA es atentar contra la vida de los pacientes y aumentar los costos de tratamiento por cada persona infectada.