El fallo de la Corte es del 14 de octubre de 2005 y en el mismo el máximo tribunal deplora la decisión del Segundo Tribunal, que anuló las pesquisas y ordenó la inmediata liberación de los involucrados.
La firma Orobio & Orobio, a nombre de uno de los imputados, había presentado un incidente de nulidad de las investigaciones, el cual fue rechazado en primera instancia por el Juez Noveno del Circuito; pero luego de apelar obtuvo la declaratoria de nulidad del Segundo Tribunal Superior, que ahora revoca la Corte.
El argumento del fallo valida las investigaciones, detenciones y congelamientos ordenados por el entonces procurador José A. Sossa, por petición de la oficina local de la DEA, a la luz del Tratado de Asistencia Legal Mutua suscrito con Estados Unidos.
No obstante lo resuelto por la Corte, no evitó que previamente fuera liberada la mayoría de los involucrados junto con cuantiosas sumas de dinero que les fueran congeladas.
Según la Corte, lo que se aprecia en el Auto 2 No. 193 de 15 de diciembre de 2004, que puso en libertad a los supuestos narcotraficantes, no es un errror de juicio del tribunal de alzada, no revisable en sede constitucional, "sino una ostentable y consciente desvinculación por parte de dicho tribunal del sistema de fuentes establecido, consistente en aplicar arbitrariamente una solución no prevista en la ley.
Añade el fallo que esta desvinculación constituye un vicio constitucional que conculca abiertamente el debido proceso consagrado en el artículo 32 constitucional, y por ello la infracción resultante puede y debe ser remediada a través del amparo de garantìas constitucionales.
Con motivo de información recibida inicialmente por la Policía Nacional el 28 de agosto de 2001 sobre la existencia de un grupo de ciudadanos colombianos que se dedicaban a introducir drogas en los esteros del distrito de Chepo, las autoridades policivas desarrollaron una operación de seguimiento denominada " Operación Estereo" para reprimir esta actividad.
En un operativo realizado en el marco de la "Operación Estereo", los días 5 y 7 de noviembre de 2002 en el río Chichevre, agentes de la Policía Nacional captturaron a los colombianos Manuel Gómez Mosquera, Ramón Hurtado Bellaiza, Never Hinojosa Moreno y Vianor Merdeces Rentería Gómez, así como a Salomón Hinojosa Asprilla, Héctor Sócrates Riascos y Ana María Robledo Cerón, luego d eun intercambio de disparos que produjo un muerto, incautándose 333, 099.4 gramos de cocaína, armas de guerra y municipios. Posteriormente se aprehendió en el Aeropuerto de Tocumen 31 bultos ocultos, que contenían la suma de B/.3 , 150, 210.00. Los allanamientos realizados después permtieron la obtención de pruebas que establecen que dichas personas estaban vinculadas con Exequias Efraín Sánchez, Manuel Olegario Valencia Rebolledo, Harold Ururita López y José Bernardo Arcila.
Después de la "Opereación Estereo" se desarrolló la "operación Buenaventura".
Dentro de la "Operación Buenaventura", la Fiscalía Segunda Especializada en delitos relacionadas con drogas ordenó la detención de 14 personas más, a las cuales se les investigó por diversos delitos. El 15 de marzo del 2004, la firma Orobio & Orobio, en representación del sindicato Exequias Efraín Sánchez, propuso al Juzgado Noveno de lo Penal un incidente de controversia, en contra de algunas actuaciones realizadas por el funcionario de instrucción. El 12 de abril del 2005 volvió a interponer otro recurso.