EN LOS países de ingresos bajos y medios, el costo que implican los traumatismos causados por el tránsito se estima en 65, 000 millones de dólares, lo que excede de la cuantía total que esos países reciben en concepto de asistencia para el desarrollo, informó la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
Las instituciones internacionales de salud pública sostienen que los países de bajos ingresos son los que tienen las tasas más elevadas de accidentes.
En el caso de Nicaragua, el problema se agrava por la poca aplicación de las leyes vigentes de seguridad vial y por las insuficientes políticas de prevención y control desde la perspectiva de salud pública.
En Panamá, por ejemplo, el Hospital Santo Tomás recibe múltiples casos de violencia diariamente, incluidos los accidentes de tránsito, lo que le acarrea un gasto por persona ingresada a cuidados intensivos de B/.800 diarios y un paciente hospitalizado de cirugía cuesta al menos B/.200 diarios, con un promedio de estancia de siete días.
Aunque en Panamá las leyes de tránsito prohíben manejar bajo los efectos del alcohol, la medida aún no es entendible y hay excesos por parte de los conductores, dijo la médico psiquiatra, Fania de Rouch.
La especialista considera que el panameño no ha sido educado en materia de prevención vial, por lo que los sectores de salud y judicial deben difundir una estrategia nacional.
Los bebedores están en riesgo de morir cinco veces más en accidentes de tránsito, si se compara con los no tomadores, explicó.
Ante la situación, la OMS ha pedido la adopción de medidas básicas de prevención contra el exceso de velocidad, el manejo bajo los efectos del alcohol; promocionando el uso de los cascos y cinturones de seguridad, mejorando el diseño de las calles, así como las normas de educación y seguridad vial, entre otros aspectos.
Este organismo ha elogiado a Colombia, que inició desde el 2004 una política de prevención similar a la de los países nórdicos.
El Código Penal panameño indica en su artículo 133 por Homicidio Culposo que "el que por culpa cause la muerte de otro, incurrirá en prisión de 6 meses a 2 años".
En el artículo 133A, las sanciones aumentarán de una tercera parte de la mitad, cuando el hecho punible se comenta en un accidente de tránsito terrestre.
"Si se encuentra en estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias psicotrópicas o cuando se produzca como consecuencia de competencia de velocidad con vehículo a motor en lugares no destinadas para este fin", agrega la norma penal.
Costosa asistencia por accidentes
En la actualidad, los choques vehiculares cobran la vida de más de 1.2 millones de personas en todo el mundo.