En una subcomisión de Garantías de la Asamblea Nacional se decidirá mañana miércoles si se dicta sentencia, al amparo de un acuerdo extrajudicial o se realiza un juicio en contra del magistrado separado de Corte Suprema de Justicia (CSJ), Alejandro Moncada Luna.
El abogado Ernesto Cedeño considera que, Moncada Luna de llegar a ser juzgado por la Asamblea Nacional, los diputados no deben ejercer el 'voto secreto' sino el nominal.
A juicio de Cedeño, los diputados pueden renunciar a su prerrogativa del 'voto secreto' y aplicar 'voto nominal' y así la ciudadanía puede darse cuenta quienes son sus diputados, como votaron y si analizaron las prubeas que se presentaron en el proceso. "Queremos fiscalizar como actúan los diputados y si resuelven en base a las pruebas que pudieran presentarse", señaló a panamaamerica.com.pa
Explicó que no existiría ninguna violación al artículo 475 del Código Penal Procesal (reglamenta el voto secreto), porque los diputados pueden aplicar el Reglamento Orgánico Interno de la Asamblea Nacional, en su artículo 198 que posibilita la votación nominal, si lo acuerda la Asamblea Nacional. "No viola el derecho procesal del imputado porque se le respeta sus garantía, solo es una prerrogativa", añadió.
Error o acierto
Ante los rumores de que Moncada Luna se va a retractar en el acuerdo firmado con el fiscal Pedro Miguel González, Cedeño dijo que "se tiró la soga al cuello".
"El hecho que una persona se retracte hoy no significa que no cometiste el delito. El precedente queda en la mente de los ciudadanos y al declararse culpable en dos de los cuatro delitos quedó evidenciado", indicó.
Por su parte, Juan Carlos Araúz, vicepresidente del Colegio Nacional de Abogados de Panamá, expresó que de llegar a una sesión judicial en el pleno, la votación debe ser de manera secreta.
"El sistema legal ya ha establecido un procedimiento que no puede ser alterado", comentó Araúz a este medio.