La creación de los Tribunales Marítimos y el acceso a normas de procedimiento -para exigir que la suplencia de los magistrados del Tribunal de Apelaciones Marítimas y de los jueces de cada Tribunal Marítimo sea un cargo exclusivo de los funcionarios de Carrera Judicial- es el contenido de dos proyectos de ley presentandos ante la Asamblea Nacional por Anibal Salas, magistrado presidente de la Corte Suprema de Justicia
En el acuerdo modifica la Ley 8 de 1982 (reformada luego en 2009). Por lo que establece que se siga con el método establecido en la Constitución Política para el nombramiento de los suplentes de los magistrados de la CSJ. Y sustenta que el Órgano Judicial no cuenta con el personal suficiente que reúna el perfil requerido en esta ley para los suplentes de los magistrados del Tribunal de Apelaciones Marítimas y los jueces de cada Tribunal Marítimo.
El requerimiento específico de pertenecer a la Carrera Judicial, y estar en servicio activo en el Órgano Judicial, tiene como finalidad garantizar que quien entre a conocer de un proceso marítimo como juzgador suplente, cuente con independencia, capacitación y experiencia judicial que permita desempeñar sus funciones en forma eficiente, rápida, mesurada, imparcial y libre de influencias.
El otro proyecto de ley presentado busca modificar el artículo 27 del Código Judicial, con la finalidad de salvaguardar la planificación y puesta en práctica de los planes de trabajo institucional, que necesita de la prestación de un servicio judicial o administrativo ininterrumpido.