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CSS no tiene equipo para identificar Glicerina


Las materias primas que ingresan al país para la elaboración de medicamentos podrían necesitar de un registro sanitario a partir de la fecha, tal como se le exige a los cosméticos y productos de limpieza que se comercializan en el país.
La Ley 1 de Medicamentos de 2001, en el artículo 1, establece que todo producto de consumo humano debe tener su registro sanitario.
Sin embargo, la autoridad de Salud no lo aplicaba en el caso de las materias primas, puesto que la Ley en mención, como está redactada, no lo exige.
"Si se lo piden a desinfectantes y a los cosméticos, por qué no a las materias primas de consumo humano", preguntó el profesor titular de Análisis Farmacéutico de la Universidad de Panamá, Goy Navas.
A esta interrogante, el director de Farmacia y Drogas, Pablo Solís, respondió que esta no es una exigencia de los laboratorios de producción de otros países y mucho menos de Panamá, pero que a raíz de esta crisis se evaluaría la posibilidad.
Aunque esta opción se está valorando, la Ley 1 señala claramente que todo producto "relacionado con la salud de los seres humanos" necesitará de un registro sanitario, por lo cual la Glicerina debió contar el suyo.
Para realizar las pruebas de identificación de Glicerina se necesita un equipo denominado expectofotómetro infrarrojo para detectar sustancias extrañas, según la Farmacopea norteamericana.
Sin embargo, el laboratorio del Seguro no cuenta con este equipo, valorado en el mercado local en unos 100 mil dólares. Por esto, varios expertos en el tema dudan que se hayan realizado los respectivos análisis a la Glicerina como informaron los encargados del Laboratorio.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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